Circular externa número 000048 de 2016
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes |
Número de Boletín | 49857 |
PARA: CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES, CENTROS
DE diagnósticoautomotor, subdirección DE TRÁNSITO del ministerio de transporte, organismo nacional DEACREDITACIóN (ONAC), operador del registro único NACIONAL DE TRÁNSITO (RUNT).
DE: SUPERINTENDENTE DE PUERTOS Y TRANSPORTE.
ASUNTO: Validación del estado de la acreditación.
Respetados señores:
Con el obj eto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales de los Organismos de Apoyo al Tránsito que requieren de acreditación por parte del Organismo Nacional de Acreditación (ONAC), a partir de la fecha para la expedición de los certificados de revisión tecnicomecánica y de aptitud física, mental y de coordinación motriz para la conducción de vehículos, se realizará la validación de la vigencia de la acreditación, de conformidad con las siguientes consideraciones:
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Marco normativo de la acreditación
De conformidad con el inciso 1º del artículo 78 de la Constitución Política, el Congreso de la República tiene la potestad de regular el control de la calidad de los bienes y servicios ofrecidos y prestados, y de la información de los mismos a la comunidad. El mismo articulado dispone que la libre competencia económica supone una función social y responsabilidades que implican obligaciones.
Por su parte el artículo 3º de la Ley 155 de 1959, señala que le corresponde al Gobierno nacional la intervención en la fijación de normas sobre pesas y medidas, calidad, empaque y clasificación de los productos, materias primas y artículos o mercancías para velar por el interés de los consumidores y de los productores de materias primas.
Por lo anterior y con el propósito de impulsar la calidad en los procesos productivos y la competitividad de los bienes y servicios, el Gobierno nacional expidió el Decreto número 2269 de 1993, "por el cual se organiza el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología", que fue modificado por el Decreto número 3257 de 2008, cambiando la denominación del Sistema Nacional de Normalización Certificación y Metrología, por Subsistema Nacional de la Calidad.
Según lo establecido por el Decreto número 1595 de 2015, por el cual se dictan normas relativas al Subsistema Nacional de la calidad y se adicionaron algunos artículos al Decreto número 1074 de 2015 -Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio-, el Subsistema Nacional de la Calidad tiene como objetivos fundamentales promover la seguridad, la calidad, la confianza, la productividad y la...
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