Circular externa número 000062 de 2016 - 18 de Agosto de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 647413033

Circular externa número 000062 de 2016

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín49969

Para: Centros de diagnóstico automotor

De: Superintendente Delegado de Tránsito y Transporte Terrestre Automotor

Asunto: Registro de las Tarifas del servicio de revisión técnicomecánica Respetados señores:

La presente circular tiene por objeto establecer el procedimiento que deberán cumplir los centros de diagnóstico automotor, para el registro de las tarifas del servicio, conforme a las siguientes consideraciones:

  1. Antecedentes normativos:

    El artículo 4º del Decreto 1016 de 2000, modificado por el artículo 6º del Decreto 2741 de 2001, le asignó como función a la Superintendencia de Puertos y Transporte, entre otras, la de inspeccionar, vigilar y controlar el cumplimiento de las normas nacionales de tránsito y establecer mediante actos de carácter general las metodologías, criterios y demás elementos o instrumentos técnicos específicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, lo cual es congruente con lo establecido en el artículo 3º de la Ley 769 de 2002, que otorgó la facultad a la Superintendencia de Puertos y Transporte de vigilar a los organismos de apoyo al tránsito.

    En virtud de las anteriores funciones, la Superintendencia de Puertos y Transporte, expidió las Resoluciones 9304 del 24 de diciembre de 2012, "por la cual se reglamentan las características técnicas de los sistemas de seguridad documental, garantizando la legitimidad de los certificados y la protección al usuario de la falsificación" y 13830 de 2014, "Por la cual se expide el anexo técnico para la implementación de los Sistemas de Control y Vigilancia ordenado a través de la Resolución número 9304 del 24 de diciembre de 2012" (modificada parcialmente por la Resolución 5786 del 11 de febrero de 2016).

    Asimismo, mediante la Resolución 30953 del 15 de julio de 2016, se amplió el plazo para la implementación del Sistema de Control y Vigilancia para los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), hasta el 22 de agosto de 2016.

    Por su parte, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución número 3318 de 14 de septiembre de 2015, "por la cual se establecen las condiciones, características de seguridad y rangos de precios al usuario para servicios prestados por Centros de Diagnóstico Automotor y se modifica la Resolución 3768 de 2013", que en su artículo 3 dispuso como obligación de los Centros Diagnóstico Automotor, la de registrar las tarifas del servicio de revisión técni-comecánica ante la Superintendencia de Puertos y Transporte.

    Finalmente, el artículo 3º del...

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