Circular externa número 00026 de 2022 - 19 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916988616

Circular externa número 00026 de 2022

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
Número de Boletín52253

De: Directora General Unidad para la Atención y Reparación Integral a las

Víctimas

Para: Entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas -SNARIV- del orden nacional1.

Asunto: Lineamientos para la formulación de los planes de acción y fortalecimiento institucional - vigencia 2023-

La Ley 1448 de 2011 -hoy prorrogada mediante la Ley 2078 de 2021- estableció en su artículo 168 que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas -en adelante Unidad para las Víctimas- coordinará de manera ordenada, sistemática, coherente, eficiente y armónica las actuaciones de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas -en adelante SNARIV- en lo que se refiere a la ejecución e implementación de la Política Pública de Prevención, Protección, Atención,

1 Ministerio del Interior; Ministerio de Justicia y del Derecho; Ministerio de Relaciones Exteriores; Ministerio de Hacienda y Crédito Público; Ministerio de Defensa Nacional; Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; Ministerio de Salud y Protección Social; Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; Ministerio de Educación Nacional; Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; Ministerio de Cultura; Departamento Nacional de Planeación; Departamento para la Prosperidad Social; Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas; Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas; Fiscalía General de la Nación; Defensoría del Pueblo; Registraduría Nacional del Estado Civil; Consejo Superior de la Judicatura; Policía Nacional; Servicio Nacional de Aprendizaje; Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; Agencia de Desarrollo Rural, Agencia Nacional de Tierras; Archivo General de la Nación; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; Instituto Geográfico Agustín Codazzi; Superintendencia de Notariado y Registro; Banco de Comercio Exterior, y Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario.

Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas2.Con el fin de identificar los objetivos y las metas que espera cumplir cada una de las entidades del nivel nacional del SNARIV, se formula un Plan de Acción y Fortalecimiento Institucional -en adelante PAF- en desarrollo de los componentes, líneas de acción y las medidas establecidas en la Política Pública de Prevención, Protección, Asistencia, Atención y Reparación Integral para cada vigencia fiscal y en concordancia con sus competencias. Por lo tanto, las acciones que se definan deben encontrarse armonizadas con la política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad del Gobierno nacional. Desde ahí, las entidades del orden nacional en el marco de sus competencias, responsabilidades y compromisos asumidos deben considerar la adopción de los lineamientos que se encuentran a continuación, en el diseño de PAF 2023.

Así mismo, como se indicó en la sesión del Comité Ejecutivo del SNARIV realizada el 2 de diciembre de 2022, es importante recalcar que mientras no haya un avance en la construcción e implementación de los Acuerdos de Paz, continuará la permanencia del conflicto armado en sus múltiples manifestaciones, produciendo nuevas víctimas, por lo que resulta perentorio un trabajo articulado entre la Unidad para las Víctimas y las entidades encargadas de la política de Estado de paz total, en la cual se intervengan los territorios priorizados en los diferentes procesos de diálogo y las regiones de paz que se conformen.

En la actualidad, se han reconocido 9'379.858 víctimas, de las cuales 7'451.797 son sujetos de atención. De estas, el 91% son víctimas de desplazamiento forzado. Es decir que cerca del 15% de la población colombiana ha sufrido, al menos, un desplazamiento forzado. Según los registros de SISBÉN IV, que contienen información de las condiciones de vida de 4.8 millones de desplazados, el 83% de esta población se encuentra en situación de pobreza (44% en pobreza extrema y 39% en pobreza moderada). Además, se han atendido este año 31 comunidades confinadas que representan cerca de 32.000 personas. Se han identificado 866 sujetos de reparación colectiva y 970 comunidades en proceso de retorno y reubicaciones que requieren una respuesta integral por parte del Estado colombiano con soluciones duraderas integrales que permitan superar su situación de vulnerabilidad y la falta de acceso a derechos como consecuencia del conflicto armado.

El Gobierno del cambio, recibe un rezago histórico de incumplimientos de la política de víctimas, que, según los órganos de control, para superarlos se requieren más de 90 años y cerca de 3.2 billones de pesos. Este incumplimiento ya ha sido declarado por la Corte Constitucional en el marco de la Sentencia T-025 de 2004 donde ha proferido más de 500 autos de seguimiento. También lo han dicho las Comisiones de Seguimiento de la política pública de víctimas que presentan anualmente más de 300 recomendaciones. En todas estas observancias, nos han solicitado pasar de una política asistencialista a una política que contribuya a generar soluciones duraderas que estabilicen socioeconómicamente a las víctimas, con claras políticas de vivienda, educación y generación de ingresos.

Las víctimas y el país esperan mayor coherencia en este Gobierno por lo que deben ajustarse las metas y apropiarse los recursos suficientes para contribuir significativamente en la superación del rezago histórico y las brechas existentes, tal como está previsto en el Plan de Gobierno y las nuevas Bases del Plan Nacional de Desarrollo.

Las víctimas del conflicto armado deben priorizarse en el acceso a la oferta institucional prevista en el nuevo Plan de Desarrollo, definiendo metas, presupuestos y rutas específicas de acuerdo con sus necesidades y con las mediciones de derechos realizada por la Unidad para las Víctimas. Esto generaría un impacto histórico para mejorar las condiciones de vida, superar la situación de extrema pobreza en la que se encuentran, atendiendo sus necesidades básicas insatisfechas en relación con alimentación, agua potable, educación, vías, conectividad, infraestructura social, vivienda y subsidios condicionados. Esto requiere un Plan de intervención acelerada en territorios focalizados coordinado por la Unidad, donde se sumen los esfuerzos de todos los sectores, optimizando así la gestión institucional para la consecución de resultados efectivos.

De igual forma, el documento CONPES 4031 de 2021 "Política Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas", contiene las principales acciones y metas de las entidades nacionales en la política pública de atención y reparación a víctimas para los próximos 10 años cuyos objetivos principales son:

· Mitigar las afectaciones a la vida y la integridad de las personas en el marco del conflicto para fortalecer la capacidad de respuesta frente a posibles vulneraciones a los DD. HH. o infracciones al DIH, así como aumentar la eficiencia de los programas de protección.

· Mejorar las condiciones socioeconómicas de las víctimas de desplazamiento forzado para lograr su estabilización socioeconómica y contribuir al goce efectivo de los derechos de esta población.

· Contribuir a la reparación de las víctimas por los daños causados en el marco del conflicto, para avanzar en el goce efectivo de los derechos de esta población.

· Mejorar la articulación y superar las fallas en la institucionalidad dispuesta para el cumplimiento de la política pública para las víctimas con el fin de fortalecer la aplicación de los principios constitucionales de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en materia de atención, asistencia y reparación integral.

2 Según el artículo 2.2.8.1.8 del Decreto 1084 de 2015, debe entenderse por coordinación del Sistema Nacional, el conjunto de actividades tendientes a liderar, orientar, movilizar y articular las acciones requeridas para el desarrollo de procesos ordenados y armónicos con carácter sistémico, que permitan garantizar la adecuada y oportuna ejecución de la política pública de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas.

La nueva apuesta de gobierno contenida en las bases del Plan Nacional de Desarrollo "2022-2026 "Colombia potencia mundial de la vida" especialmente en el capítulo denominado "Reparación efectiva e integral a las víctimas" contiene las siguientes prioridades:

· Reparación transformadora.

· Estabilización socioeconómica para las víctimas.

· Restituimos la tierra para armonizar la vida

· Vida, seguridad y libertad de los territorios.

· Colombia potencia de la vida a partir de la no repetición.

· Hacia la superación de la deuda histórica con los pueblos y territorios étnicos.

De igual manera, se establece que "la reparación integral a las víctimas requiere de la intervención de todas las entidades del Estado, pues se trata de contribuir a la reconstrucción de los proyectos de vida, así como de intervenciones institucionales que contribuyan a recuperar y restablecer las condiciones necesarias para una vida en paz en los territorios tradicionalmente olvidados por el Estado".

Por su parte, en el marco de la transformación de Seguridad Humana y Justicia Social se contiene un punto específico para la "Superación de Situación de Vulnerabilidad para la reparación efectiva e integral de la población víctima del conflicto" en donde se establece la necesidad de restablecer la capacidad económica de las víctimas, y la reconstrucción de las redes sociales y culturales, bajo estrategias que permitan contribuir de forma efectiva al mejoramiento de sus condiciones de vida y su estabilización socioeconómica.

Con el fin de identificar los...

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