Circular externa número 02 de 2015 - 2 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 559810822

Circular externa número 02 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
Número de Boletín49441

Para: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores, Gerentes, Jefes de Oficina Jurídica, Secretarios de los Comités de Conciliación y apoderados de las entidades públicas del orden nacional

De: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado

Asunto: Dar alcance a la Circular Externa número 5 de 2014, en la que se fijan "Lineamientos sobre prevención del daño antijurídico por privación injusta de la libertad y estrategias generales de defensa jurídica"; a la Circular Externa No. 7 de 2014, en materia de "Lineamientos jurisprudenciales en materia de conciliación judicial y extrajudicial en lo contencioso administrativo" y a la Circular Externa número 9 de 2014, en la que se fijan "Lineamientos sobre prevención del daño antijurídico, conciliación temprana y estrategias generales de defensa judicial por hechos relacionados con el uso de vehículos oficiales".

Ciudad y fecha: Bogotá D. C., 19 de enero de 2015

1. COMPETENCIA Y ALCANCE

1.1. Marco de competencias. La Ley 1444 de 2011, desarrollada por el Decreto-ley 4085 de 2011, establece las competencias de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en materia de defensa judicial, prevención de conductas antijurídicas y del daño antijurídico.

En este marco de competencias, a la Agencia le corresponde expedir lineamientos dirigidos a objetivos específicos, identificados como resultado de los estudios analíticos que desarrolla, con la característica de que estos tienen carácter vinculante para las entidades públicas del orden nacional y sus abogados, conforme a lo ordenado por el inciso segundo del numeral 2 del artículo 6º del Decreto-ley 4085 de 2011.

1.2. En ejercicio de tales competencias, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado expidió las Circulares Externas números 5, 7 y 9 de 2014. En las Circulares Externas números 5 y 9, entre otros, se fijaron lineamientos orientados a fortalecer la conciliación temprana en materia de daños antijurídicos derivados de la privación injusta de la libertad y del uso de vehículos oficiales, respectivamente; por su parte, mediante la Circular Externa número 7 se propuso, de manera general, lograr cambios positivos en la cultura de la litigio-sidad, tales como evitar que todos los conflictos que involucran al Estado terminen en un proceso judicial, o tratar de que las partes lleguen a un acuerdo que ponga fin a los mismos en aquellos casos en los que ya se ha acudido a la Administración de Justicia, mediante el uso efectivo de la conciliación extrajudicial y judicial en lo contencioso administrativo.

1.3. A efectos de lo anterior, en dichos actos administrativos se formularon, entre otros, Lineamientos dirigidos a los comités de conciliación de las distintas entidades y organismos públicos, así como a los funcionarios encargados de adelantar la defensa judicial, respecto de los aspectos más relevantes decantados por la jurisprudencia, para que de esta manera, por iniciativa de la propia Administración, se fortalezca la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos e instrumento clave para lograr cambios en la cultura de la litigiosidad.

1.4. Bajo el mismo propósito, mediante la presente Circular Externa se da alcance al numeral 4.8 de la Circular Externa número 5, a los...

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