Circular externa número 17 de 2015
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- |
Número de Boletín | 49423 |
Para:
Asunto: Partícipes del sistema de compras y contratación pública
Documentos en Procesos de Contratación
La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- en su función de ente rector del sistema de compras y contratación pública emite las siguientes instrucciones sobre el manejo que las Entidades Estatales deben dar a los documentos presentados por los proponentes en Procesos de Contratación:
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Apostilla y consularización de documentos públicos
Las Entidades Estatales solamente pueden exigir la legalización de acuerdo con la Convención de la Apostilla o la consularización de documentos públicos otorgados en el extranjero. Este tipo de legalización no es procedente para los documentos privados.
Cuando en un Proceso de Contratación un proponente presenta un documento público legalizado de acuerdo con la Convención de la Apostilla, la Entidad Estatal no debe solicitar legalizaciones, autenticaciones o ratificaciones adicionales de ninguna autoridad nacional
0 extranjera, puesto que el trámite de la Apostilla es suficiente para certificar por sí mismo la autenticidad.
De acuerdo con el Manual para el Funcionamiento Práctico de la Convención de la Apostilla1, el país de origen del documento puede tener una autoridad que verifica y cer-
1 Despacho permanente de la Conferencia de La Haya en Derecho Internacional Privado. Apostille han-dbook. A handbook on the practical operation of the Apostille Convention. Sección 217, Pg. 50. Documento disponible en http//www.hcch.net/upload/apostille_hbe.pdf.
tifica ciertos documentos públicos (autoridad intermedia) y otra autoridad centralizadora que es quien emite la Apostilla. En consecuencia, las Entidades Estatales deben aceptar la Apostilla expedida por la autoridad centralizadora correspondiente.
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Presunción de autenticidad de los documentos
Los documentos públicos y privados se presumen auténticos. Las Entidades Estatales no deben solicitar autenticaciones, reconocimiento, presentación personal o trámites adicionales para documentos aportados a Procesos de Contratación, excepto cuando la ley lo exige expresamente.
Los poderes especiales para actuar en los Procesos de Contratación requieren nota de presentación personal.
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Valor probatorio de las copias
Los proponentes pueden aportar a los Procesos de Contratación los documentos públicos o privados en copia simple. Las copias de los documentos también gozan presunción de autenticidad y su valor probatorio es el mismo del...
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