Circular externa número 00000028 de 2011
Emisor | Ministerio de Protección Social |
Número de Boletín | 48075 |
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Viernes, 20 de mayo de 2011 D I A R I O O F I C I A L
producida en E. Coli
el control y las semillas de referencia fueron plantadas en bloques completos al azar dise-
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siguientes parámetros medidos en el grano: ácido palmítico, ácido oleico, ácido linolenico,
en 2008 por la Comisión del Codex Alimentarius y teniendo en cuenta el uso intencionado
para el cual se solicitó autorización.
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RESUELVE:
Artículo 1°.
que se despren-
dan de la misma.
Artículo 2°.
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Artículo 3°. El importador debe dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 18.2
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nalmente en el medio ambiente.
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miento a lo establecido en la presente resolución y tomar las medidas que deban adoptarse
lo cual podrán aplicar las medidas de seguridad e imponer las sanciones correspondientes,
Artículo 6°. Cualquier fabricante de alimentos, que emplee como materia prima o in-
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Artículo 8°.
Publíquese, notifíquese y cúmplase.
Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2011.
El Ministro de la Protección Social,
Mauricio Santa María Salamanca.
(C. F.)
CIRCULARES EXTERNAS
CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 00000028 DE 2011
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el 31 de marzo de 2011.
Entidades Promotoras de Salud, EPSS, como consecuencia de la aplicación de las etapas
del proceso de pago para el período de contratación que terminó el 31 de marzo de 2011
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Ley 205 de 2003, con miras al reconocimiento y pago de las UPC-S, por el período com-
permitirá a los gobernadores, alcaldes, directores departamentales, distritales y municipales
de salud y representantes legales de entidades promotoras de salud, adelantar la etapa de
1. Disponibilidad y condiciones técnicas de la información
a liquidar.
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