Circular externa número 58 de 2024 - 11 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1028009860

Circular externa número 58 de 2024

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín52695

PARA:

REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DE CONTROL SOCIAL Y REVISORES FISCALES DE LAS ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA VIGILADAS

DE: SUPERINTENDENTA

ASUNTO: MODIFICAR EL CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DE PÉRDIDA ESPERADA ANEXO AL CAPÍTULO II, TÍTULO IV, DE LA CIRCULAR BÁSICA CONTABLE Y FINANCIERA.

FECHA: Bogotá, D. C., 11 de marzo de 2024.

La Superintendencia de la Economía Solidaria impartió instrucciones respecto al Sistema de Administración del Riesgo de Crédito (SARC), incluidos los lineamentos que se deben seguir para el cálculo del deterioro, a través del Capítulo II, Título IV de la Circular Básica Contable y Financiera, en la cual se definió un cronograma para su implementación.

Por lo anterior y en concordancia con los criterios de proporcionalidad que establece el modelo integral de supervisión, en función del tamaño y de las particularidades de las organizaciones vigiladas, esta Superintendencia determinó la necesidad de aplicar el modelo de pérdida esperada, con gradualidad en el tiempo para su implementación.

No obstante, se hace necesario ajustar el cronograma de implementación del modelo de referencia, en razón a las dificultades tecnológicas que han manifestado algunas entidades para dar cumplimiento a su aplicación.

Por lo anterior, esta Superintendencia en ejercicio de las facultades legales conferidas en el numeral 22, del artículo 36, de la Ley 454 de 1998, imparte las siguientes instrucciones:

Primera. Modificar el cronograma de...

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