Circular del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, 30-01-2006
Año | 2006 |
Fecha | 30 Enero 2006 |
CIRCULAR REGLAMENTARIA VO – 01 DE 2006
FECHA: Bogotá D. C., 12 de enero de 2006
PARA: BANCOS, CORPORACIONES FINANCIERAS, COMPAÑÍAS DE
FINANCIAMIENTO COMERCIAL, ORGANISMOS COOPERATIVOS DE
GRADO SUPERIOR DE CARÁCTER FINANCIERO, GREMIOS
ASUNTO: PROGRAMA ESPECIAL DE FOMENTO Y DESARROLLO
AGROPECUARIO, PARA FINANCIAR PROYECTOS AGROPECUARIOS
DE PRODUCTORES QUE HAN VISTO AFECTADA SU ACTIVIDAD
PRODUCTIIVA POR ENCONTRARSE UBICADOS EN LA ZONA DE ALTO
RIESGO DEL VOLCÁN GALERAS.
De acuerdo con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario en su
Resolución No. 17 de 2005, con la presente circular se reglamentan los créditos que pueden
ser concedidos a través del Programa Especial de Fomento y Desarrollo Agropecuario para
financiar recursos de capital de trabajo, para inversión nueva o ensanches, y para
consolidación de pasivos, requeridos por los productores primarios del sector agropecuario
que desarrollen actividades productivas en predios ubicados en la zona de alto riesgo de
influencia del Volcán Galeras y que según el Decreto 4106 de 2005 corresponde a los
municipios de Pasto, Nariño y La Florida, en el departamento de Nariño.
1. ACTIVIDADES FINANCIABLES
Son financiables las necesidades de capital de trabajo, los recursos para inversión nueva o
en ensanches requeridas en las actividades de producción primaria, definidas en el
Reglamento de Crédito de FINAGRO con los códigos: 10 producción agrícola, 11
sostenimiento, 30 plantación y mantenimiento, 31 compra de animales, 32 adquisición de
maquinaria y equipos, 33 adecuación de tierras e infraestructura para la producción, 35
infraestructura transformación primaria y comercialización, 37 capitalización de empresas.
Las anteriores actividades deben ser desarrolladas en los predios de reubicación que hayan
sido asignados por el INCODER, o en predios que el beneficiario disponga en zonas
diferentes a las de alto riesgo del Volcán Galeras.
Igualmente se podrán consolidar, a través del código de rubro 611200, los créditos otorgados
en condiciones FINAGRO (otorgados con tasas de interés dentro de las máximas permitidas
por FINAGRO de acuerdo con el tipo de productor, y destinados a financiar actividades
relacionadas con el proceso productivo) para desarrollar actividades en los predios ubicados
en la zona de alto riesgo del Volcán Galeras, siempre y cuando se cuente con un proyecto
productivo para desarrollar en predios de reubicación asignados por el INCODER o en
predios que el beneficiario disponga en zonas diferentes a las de alto riesgo.
2. BENEFICIARIOS
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