Circular Nº 0004-2020 de Contraloría General de la República, 18-03-2020 - Normativa - VLEX 851327014

Circular Nº 0004-2020 de Contraloría General de la República, 18-03-2020

Número de circular0004-2020
Fecha18 Marzo 2020
ReceptorGobernadores, Alcaldes distritales y municipales
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
CONTRALORÍA
Contraloria General de la Republica :: SGD 18-03.202014:42
Al Contestar Cite Este No.. 2020EE0034332 Fol:3 Anex:O FA:0
, ORIGEN 80110-DESPACHO DEL-CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA / CARLOS FELIPE
CORDOBA LARRARTE
DESTINO ALCALDES Y GOBERNADORES
ASUNTO ORIENTACIÓN DE RECURSOS Y ACCIONES INMEDIATAS EN EL MARCO DE LA
OBS
80110
CIRCULAR No.0
020EE0034332
1111111111111111111111111111111111111111111111
DE:
CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
PARA:
GOBERNADORES, ALCALDES DISTRITALES Y MUNICIPALES
ASUNTO: ORIENTACIÓN DE RECURSOS Y ACCIONES INMEDIATAS EN EL
MARCO DE LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA SANITARIA
OCASIONADA POR EL VIRUS COVID - 19.
FECHA:
17 DE MARZO DE 2020
Reporte de Información
En atención a las disposiciones contenidas en la Resolución 385 de marzo 12 de
2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social relacionada con la
declaración del Estado de Emergencia Sanitaria, la Contraloría General de la
República le solicita a todos los Gobernadores, Alcaldes Distritales y Municipales
reportar la información que se relaciona a continuación:
Información General
1.
Los planes de emergencia a ejecutar mediante los recursos ordinarios y
extraordinarios destinados por parte de la entidad territorial a la mitigación y
control de la epidemia por COVID -19.
2.
Discriminación de los recursos, las fuentes utilizadas y las acciones a
desarrollar.
3.
Los contratos suscritos en el marco del Plan de Intervenciones Colectivas —
PIC, con las Empresas Sociales del Estado y demás organizaciones, donde
se especifiquen las acciones a ejecutar relacionadas con la atención,
mitigación y control de la epidemia por COVID-19.
El requerimiento deberá ser registrado por las entidades públicas en el formato que
se adjunta para el efecto, en un plazo no mayor a 3 días hábiles contados a partir
de la expedición de la presente Circular, al correo electrónico:
seguimientocoronavirus@contraloria.gov.co
.
La información al mencionado correo electrónico deberá ser actualizada
permanentemente,
en la medida en que se adopten o modifiquen planes dee/
emergencias y acciones a desarrollar.

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