Circular Nº 002 de Bancoldex, 13 de marzo 2023 - Bancoldex - Normativa - VLEX 925507088

Circular Nº 002 de Bancoldex, 13 de marzo 2023

JurisdicciónAmazonas, Putumayo, San Andres y Providencia, Risaralda, Rionegro, Riohacha, Quindio, Quibdó, Puerto Carreño, Santa Marta, Providencia y Santa Catalina, Popayán, Pereira, Pasto, Palmira, Norte de Santander, Neiva, San José del Guaviare, Santander, Montería, Vichada, Yopal, Villavencio, Vaupés, Sincelejo, Valledupar, Valledupar, Valle del Cauca, Tunja, Tolima, Todo el país, Sucre, Nariño, Mocoa, Antioquia, Boyacá, Cartagena, Caquetá, Cali, Caldas, Buenaventura, Bucaramanga, Bolívar, Cauca, Bogotá, Barranquilla, Barrancabermeja, Atlántico, Armenia, Arauca, Arauca, Casanare, Cesar, Mitú, Inírida, Meta, Medellín, Manizales, Magdalena, Leticia, La Guajira, Ipiales, Ibagué, Chocó, Huila, Guaviare, Guainía, Florencia, Cundinamarca, Cúcuta, Córdoba
Fecha13 Marzo 2023
Año2023
Fecha de publicación13 Marzo 2023
Número de circular002
CIRCULAR No. 002| 13 | MAR| 2023
TIPO: 3
LÍNEA DE CRÉDITO
APOYO DE LIQUIDEZ II- 2023
DESTINATARIOS:
Presidentes, gerentes, vicepresidentes comerciales,
vicepresidentes financieros y funcionarios encargados del crédito
de BANCÓLDEX de Bancos, corporaciones financieras, compañías
de financiamiento, cooperativas financieras, Fintech, ONG’s
financieras, cooperativas de ahorro y/o crédito, cajas de
compensación, fondos de empleados y demás intermediarios
nacionales con cupo en BANCÓLDEX.
Gremios y empresarios.
REMITENTE:
Bancóldex
ASUNTO:
Línea de crédito Apoyo de liquidez II - 2023
Bancóldex, considerando las necesidades de liquidez de mediano y largo plazo que hoy en
día enfrenta el mercado, ha diseñado una solución de crédito con las siguientes condiciones:
MONTO DEL CUPO
Aproximadamente un billón de pesos.
(COP 1.000.000.000.000)
VIGENCIA DEL CUPO
Hasta el 15 de mayo de 2023
INTERMEDIARIOS
Bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento,
cooperativas financieras, Fintech, ONG’s financieras, cooperativas
de ahorro y/o crédito, cajas de compensación, fondos de
empleados y demás intermediarios nacionales con cupo en
Bancóldex.
BENEFICIARIOS
Personas naturales y jurídicas, de todos los sectores económicos,
consideradas como microempresas, pequeñas, medianas y
grandes empresas.
Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las
personas jurídicas antes mencionadas cuando los recursos sean
destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de
los recursos, la empresa capitalizada deberá remitir al
ESTADO: VIGENTE

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