Circular N° 006 del Fondo Nacional de Garantías, 01-02-2024 - Normativa - VLEX 980943246

Circular N° 006 del Fondo Nacional de Garantías, 01-02-2024

Número de circular006
Fecha01 Febrero 2024
EstatusVigente
DIRIGIDA A: INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
Objetivo
Informar a los Intermediarios Financieros acerca del ajuste en el esquema de límites en los montos
máximos en valor crédito a ser garantizado por deudor, de acuerdo con lo establecido en el
numeral 1.5.1.6 MONTOS MÁXIMOS POR PRODUCTO, del CAPÍTULO 1.5.1 ASPECTOS GENERALES del
Reglamento de Garantías vigente.
Adicionalmente, informar sobre el cambio en el valor de referencia de UVT (Unidad de Valor
Tributario) a UVB (Unidad de Valor Básico) para el VMD deudor y para la clasificación de las
empresas.
Antecedentes
Uno de los mecanismos establecidos por el FNG para controlar la exposición al riesgo consiste en
definir límites que operan a diferentes niveles: general, línea de garantía, intermediario financiero,
producto de garantía y deudor. Es por ello que el FNG definió mediante la Circular Normativa
Externa 003 del 2023, seis categorías clasificadas en A, B, C, D, E y F, las cuales definen los montos
máximos para cada producto de garantía, el cual determina el límite en valor crédito definido por
el FNG respecto del cual un INTERMEDIARIO podrá reservar garantías para un mismo deudor.
De acuerdo con lo anterior, y dadas las actuales dinámicas del mercado financiero, estos
mecanismos de control podrían presentarse como una limitación adicional para los
Intermediarios Financieros al momento del otorgamiento de crédito, así como la opción para los
deudores de tener acceso al mismo. Por lo tanto, por medio de esta circular, el FNG informa sobre
el ajuste en el esquema de límites, específicamente los montos máximos para los productos de
garantía.
Por otra parte, y de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026, posterior a la entrada
en vigor de la presente circular, la unidad de medida para el cálculo del VMD por deudor y para la
clasificación empresarial será la Unidad de Valor Básico (UVB).
Ajuste de montos máximos para los productos de garantía actuales
El FNG ha determinado eliminar los límites máximos de monto por producto en un grupo específico
del portafolio vigente, y en adelante permitir que los desembolsos garantizados de dichos
Cualquier inquietud con gusto será atendida en nuestra Línea de Servicio al
Cliente, en Bogotá al 3239010, opción 8; y en el resto del país a través de la
Línea Gratuita 018000 910 188, al correo electrónico: servicio.cliente@fng.gov.co
o en el Fondo Regional de Garantías de su zona.
CNE No. 006 de 2024
CIRCULAR NORMATIVA EXTERNA No. 006 DE 2024
Fecha: 1 de febrero de 2024
Ajustes generales en los montos máximos por producto de
garantía, VMD deudor y tamaños de las empresas

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