Circular Nº 01 del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, 03-01-2024
Número de circular | 01 |
Fecha | 03 Enero 2024 |
Año | 2024 |
VFinal
CIRCULAR EXTERNA No. 01 DE 2024
FECHA: Bogotá D.C., 3 de enero de 2024
PARA: INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
ASUNTO: MODIFICACIÓN MANUAL DE SERVICIOS
De conformidad con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario
-CNCA, mediante Resolución No. 8 de 2023, por medio de la presente Circular se
informa la modificación realizada al Capítulo 1 del Título 1 del Manual de Servicios
cuyos cambios se presentan así:
Numeral 1: Se ajusta la definición de Crédito Agropecuario y Rural
Numeral 1.1: Se ajusta la definición de proyecto productivo
Numeral 2: Se ajustan las actividades financiables objeto de crédito
Numeral 3: Se ajustan las actividades que no serán objeto de financiación
Numeral 9: para indicar que el monto de crédito individual, plazos, incluidos
los de gracia, fechas de pago de amortización y de intereses será
determinado por el estudio que haga el Intermediario Financiero respecto
de cada solicitud de crédito y cada productor, considerando los flujos de caja
de los proyectos financiados, los ciclos productivos y la capacidad financiera
del solicitante de crédito. En el evento de proyectos productivos del sector
primario se deberá tener en cuenta, además de los periodos de producción,
el plazo necesario para su comercialización.
Así mismo, se modifica el Anexo “CRÉDITO AGROPECUARIO- CONDICIONES
FINANCIERAS” conforme a lo dispuesto por la CNCA, el cual estará vigente desde
el 03 de enero hasta el 31 de Marzo de 2024.
Por lo anterior, se adjunta a la presente Circular el Título Primero Capítulo Primero
y el Anexo “Crédito Agropecuario y Rural – Condiciones Financieras” del Manual de
Servicios con los ajustes mencionados.
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