Circular Nº 03 del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, 16-02-2024
Número de circular | 03 |
Fecha | 16 Febrero 2024 |
Año | 2024 |
VFinal
FECHA: Bogotá D.C., 16 de febrero de 2024.
PARA: Intermediarios Financieros.
ASUNTO: Modificación al Título Primero Manual de Servicios.
En cumplimiento de la Resolución No. 8 de 2023 de la Comisión Nacional de Crédito
Agropecuario - CNCA, por medio de la presente Circular se informa la modificación al
Capítulo Primero del Título Primero del Manual de Servicios, cuyos principales aspectos se
presentan así:
• Líneas de Crédito de Capital de Trabajo o Inversión: se modifican de
conformidad con lo dispuesto por la CNCA.
• Clasificación de Usuarios o Beneficiarios del Crédito: se señalan los criterios
para la clasificación de los usuarios o beneficiarios por parte del Intermediario
Financiero, teniendo en cuenta los activos totales e ingresos brutos anuales,
expresados en Unidades de Valor Básico -UVB, con equivalencia en UVT y pesos.
• Nuevos usuarios especiales: se habilitan las Comunidades Indígenas y Étnicas,
la Población con Discapacidad, Población LGTIQ+ OSIGD, Campesino, Población
Adulto Mayor y los Esquemas Asociativos Simplificados.
• Modificación de Anexos:
i. Destinos y Producto Relacionado, se agrupan y ajustan los destinos de
crédito acorde con las actividades financiables, incorporando en algunos casos
su definición.
ii. Condiciones Financieras: se actualizan los montos de activos y de ingresos,
equivalentes en UVB para 2024, de conformidad con lo dispuesto en la
Resolución 3268 de 2023 proferida por el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, mediante la cual se fijó la UVB aplicable para el año 2024 en diez mil
novecientos cincuenta y uno pesos ($10.951.00).
iii. Equivalencias UVB, UVT y pesos, se incluye como anexo este documento de
equivalencias entre UVB, UVT y pesos colombianos, para facilidad de los
Intermediarios Financieros.
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