Circular Nº 042 de la Secretaria Distrital de Ambiente, 01-01-2018 - Normativa - VLEX 875647063

Circular Nº 042 de la Secretaria Distrital de Ambiente, 01-01-2018

Fecha01 Enero 2018
Número de circular042
FirmanteDALILA ASTRID HERNANDEZ CORZO/RAÚL JOSÉ BUITRA/N
91.
1
10
ALCAL.DIA MAYOS DE 0000TA
SECRETAR. GENERAL
ALCALDIA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
GESTIÓN
D..,.M, A&Sfr•Ih d1 5.Mde CM
CIRCULAR CONJUNTA N
DE 2018
No Redlcedo:
2-20 1 8-3045 1
Fecha: 30/1112018 18:5443
Destino: ENTIDADES DISTRITALES
Anexos: N/A
Copla:
N/A -
ecreta riag e nc rsl.gov
co
Para:
Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos y
de Unidades Administrativas Especiales, Directores de Establecimientos
Públicos, Gerentes de Empresas Sociales del Estado y Empresas
Industriales y Comerciales del Distrito, Rector Ente Universitario
Autónomo, Presidente del Concejo, Veedor Distrital, Personera de
Bogotá D.C., Contralor de Bogotá D.C., y Jefes de Personal o quienes
hagan sus veces.
De:
Secretaria Jurídica Distrital, Secretario General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C., y Directora del Departamento Administrativo del Servicio
Civil Distrital -DASCD.
Asunto:
Orientaciones sobre la estabilidad laboral reforzada de los servidores que
ocupan cargos de carrera administrativa en provisionalidad, que se
encuentren en condición de: embarazo; discapacidad o enfermedad
catastrófica; madre o padre cabeza de familia; y pre-pensionado o
amparado con fuero sindical; frente a la obligación de hacer
nombramientos de las listas de elegibles como resultado de los
concursos de méritos.
Fecha:
La Secretaría Jurídica Distrital, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD, se permiten
impartir las siguientes orientaciones que habrán de tenerse en cuenta por parte de los
nominadores, cuando surja la obligación de nombrar en un cargo de carrera, ocupado en
provisionalidad por una persona en condición de embarazo; discapacidad o enfermedad
catastrófica; madre o padre cabeza de familia; pre-pensionado o amparado con fuero
sindical; a quienes hagan parte de la lista de elegibles como resultado de los concursos
de méritos adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC, con la finalidad
de que se acate la normatividad y la jurisprudencia que rigen la materia.
Lo anterior, en consideración a la provisión definitiva de empleos de carrera
administrativa, con base en las listas de elegibles conformadas como resultado de los
concursos públicos de méritos adelantados por la CNSC.
Carrera 30 No 25 - 90,
1
Piso 9 Costado
_______
BOGOTA
Oriental.
LJct
MEJOR
Te13680038
_____
Código Postal: 111311
1
_____
.serviciocivil
SC.R43II3
OPCLR4J'fl4
00eCCER4,It,3
PARA TODOS
Pá0ina 1 de 11

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