Circular Nº 085 de Superintendencia de Notariado, 2024 - Normativa - VLEX 1027718767

Circular Nº 085 de Superintendencia de Notariado, 2024

Número de circular085
Fecha20 Marzo 2024
Año2024
Página | 1
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Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
Versión:03
Fecha: 20 – 06 - 2023
DTR – 185
Bogotá D.C., 19 de marzo de 2024
CIRCULAR No.
PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE LA OFICINA DE REGISTRO DE
INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE SANTANDER DE QUILICHAO - CAUCA,
DIRECCIÓN REGIONAL PACIFICO Y CIUDADANÍA EN GENERAL.
DE: DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO.
ASUNTO: HORARIO ESPECIAL DE TRABAJO PRESENCIAL EN LA OFICINA
DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE SANTANDER DE
QUILICHAO - CAUCA, DURANTE EL DIA 20 DE MARZO DE 2024.
Apreciados servidores.
De acuerdo a lo establecido en el numeral 11, del artículo 20 del Decreto 2723 de
2014, corresponde a la Dirección Técnica de Registro; adoptar las medidas para
apoyar a las Oficinas de Registro, con el fin de evitar la afectación de la prestación
del servicio público registral. Así mismo, la Resolución No. 4815 del 04 de mayo de
2015, en su artículo primero (), establece que el Director Técnico de Registro
adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de
términos y la no prestación del servicio público cuando las circunstancias así lo
ameriten.
De conformidad con el artículo primero de la Resolución No.8412 del 08 de julio de
2019, el horario habitual de trabajo de los funcionarios de la Superintendencia de
Notariado y Registro a nivel nacional será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00
p.m., incluida una (1) hora de almuerzo y el horario de atención al público en las
oficinas de Registro de Instrumentos Públicos será de lunes a viernes de 8:00 a.m.
a 4:00 p.m., en jornada continua.
Por otro lado, el artículo segundo de la citada Resolución se establece que “Con el
fin de garantizar la atención permanente al público en las dependencias lo
empleados dispondrán de una (1) hora para tomar almuerzo, de acuerdo con los
siguientes turnos: Primer turno de 12:00 a 1:00 p.m. y segundo turno de 1:00 p.m.
a 2:00 p.m. La distribución del personal en los dos (2) turnos estará a cargo de los
jefes de cada dependencia.”
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