Circular Nº 14 de Agencia Nacional de Defensa Jurídica, 26-09-2023 - Normativa - VLEX 950704781

Circular Nº 14 de Agencia Nacional de Defensa Jurídica, 26-09-2023

Fecha26 Septiembre 2023
EmisorAgencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Colombia)
COLOMBIA
POTENCIA
DE
LA
1
CIRCULAR
EXTERNA
No.1
4
Para:
Entidades
públicas
del
orden
nacional
y
territorial
De:
MARTHA
LUCIA
ZAMORAÁVILA
Directora
Agencia
Nacional
de
Defensa
Jurídica
del
Estado
· Defensa
Jurídka
, del Estado
Asunto:
Lineamientos
y
recomendaciones
para
prevenir
o
mItIgar
el
desequilibrio
económico
del
contrato
en
el
contrato
de
obra
pública
Bogotá,
D.C,
26
de
septiembre
del
2023
En
desarrollo
de
lo
dispuesto
en
la
Ley
1444
de
2011,
el
Decreto
Ley
4085
de
2071
otorgó
competencias
en
materia
de
defensa
judicial
y
prevención
de
las
conductas
y
del
daño
antijurídico
a
la
Agencia
Nacional
de
Defensa
Jurídica
del
Estado
(ANDJE). De
conformidad
con
este
marco
normativo,
a
la
entidad
le
corresponde
recomendar,
en
aquellos
casos
que
considere
pertinente,
las
acciones
y
gestiones
que
deban
adelantar
las
entidades
públicas
para
una
adecuada
prevención
y
defensa
de
los
intereses
de
la
Nación.
Por
su
parte,
el
artículo
206
de
la
Ley
2294
de
2023
"Por
el
cual
se
expide
el Plan
Nacional
de
Desarrollo
2022-2026
"Colornbia
potencia
mundial
de
la
vida"
creó
el
Sistema
de
Defensa
Jurídica
del
Estado
como
un
conjunto
de
actores,
políticas,
estrategias,
principios,
normas,
rutas
de
articulación
e
instrumentos
jurídicos,
técnicos,
financieros
y
gerenciales
orientados
a
garantizar
de
manera
coordinada
la
eficacia
de
la
política
pública
del
ciclo
de
defensa
jurídica
del
Estado,
en
las
entidades
públicas
del
orden
nacional
y
territorial,
independientem0nte
de
su
naturaleza
y
régimen
jurídico.
Además,
designó
como
coordinador
del
Sistema
a
la
Agencia
Nacional
de
Defensa
Jurídica
del
Estado
(ANDJE).
En
cumplimiento
de
lo
mencionado,
a
través
de
este
documento
la
Agencia
emite
una
serie
de
recomendaciones
para
prevenir
el
desequilibrio
económico
del
contrato
de
obra
pública
o
mitigar
sus
efectos,
en
caso
de
que
este
sea
inminente,
cuando
se
ocasione
por
actos
o
hechos
de
la
entidad
contratante
(potestas
variandi),
por
la
teoría
de
!a
imprevisión
o
por
el
hecho
del
príncipe.
Agencia
Nacional
de
Defensa
Jurídica
del
Estado
Dirección: Carrera 7 No.75 -66, Bogotá D.C., Colombia
Conmutador: (
+57)
601 255
8955
Fax: (
+57)
601
255 8933
Página 1 1
COLOMBIA
POTENCIA
DE
LA
1 Defensa Jurídica
del Estado
El
desequilibrio
económic9
es
una
de
las
70
causas
con
el
mayor
número
de
entidades
públicas
del
orden
nacional
demandadas\
por
ello
la
necesidad
de
expedir
estas
recomendaciones.
Si
bien
el
derecho
al
mantenimiento
del
equilibrio
contractual
no
es
un
derecho
exclusivo
del/la
contratista,
las
recomendaciones
que
se
darán
en
este
documento
solo
están
dirigidas
a los
eventos
en
los
que
la
alteración
a
dicho
equilibrio
afecte
a este/a
último/a.
Debido
a lo
anterior,
todas
las
referencias
que
se
realicen
a
la
parte
afectada
están
dirigidas
al/la
contratista
como
colaborador/a
de
la
Administración.
Este
documento
consta
de
tres
partes:
l.
generalidades
del
equilibrio
y
desequilibrio
económico
del
contrato;
11.
recomendaciones
para
prevenir
eventuales
litigios
por
parte
de
la
Administración
en
contratos
de
obra
pública
y
111.
recomendaciones
para
mitigar
el
desequilibrio
económico
en
la
fase
de
ejecución
del
contrato
de
obra
pública.
l. Consideraciones
generales
del equilibrio y del desequilibrio
económico
del
contrato
l.
El
equilibrio
contractual
es
un
princ1p10
reconocido
legalmente
2
que
se
concreta
en
el
derecho
no
exclusivo
del/la
contratista
3
de
exigir
el
restablecimiento
de
la
ecuación
económica
del
contrato.
No
es
una
prerrogativa
exclusiva
del/la
contratista,
toda
vez
que
también
es
un
derecho
de
la
entidad
contrata
nte
4.
2.
Con
el princ1p10
del
equilibrio
económico
se
pretende
garantizar
la
continuidad
del
servicio
público
y los
intereses
generales
que
están
en
juego
en
1 A
continuación,
se
menciona
el
número
de
entidades
públicas
del
orden
nacional
demandadas
por
causa:
(i)
95
por
desequilibrio
económico
del
contrato
por
actos
o
hechos
de
la
entidad
contratante;
(ii) 29
por
desequilibrio
económico
del
contrato
teoría
de
la
imprevisión
y (iii)
15
por
desequilibrio
económico
del
contrato
por
el
hecho
del
príncipe.
Información
suministrada
por
el
Sistema
Único
de
Información
Litigiosa
del
Estado
eKOGUI
con
corte
31
de
marzo
de
2023.
2
Sobre
la
particular
señala el
artículo
27
de
la Ley
80
de
1993:
"De
la
Ecuación
Contractual.
En los
contratos
estatales
se
mantendrá
la
igualdad
o
equivalencia
entre
derechos
y
obligaciones
surgidos
al
momento
de
proponer
o
de
contratar,
según
el caso.
Si
dicha
igualdad
o
equivalencia
se
rompe
por
causas
no
imputables
a
quien
resulte
afectado,
las
partes
adoptarán
en
el
menor
tiempo
posible
las
medidas
necesarias para su
restablecimiento.
Para
tales
efectos,
las
partes
suscribirán
los
acuerdos
y
pactos
necesarios
sobre
cuantías,
condiciones
y
forma
de
pago
de
gastos
adicionales,
reconocimiento
de
costos
financieros
e intereses, si a
ello
hubiere
lugar,
ajustando
la
cancelación
a las
disponibilidades
de
la
apropiación
de
que
trata
el
numeral
14
del
artículo
25.
En
todo
caso, las
entidades
deberán
adoptar
las
medidas
necesarias
que
aseguren
la
efectividad
de
estos
pagos
y
reconocimientos
al
contratista
en
la
misma
o
en
la
siguiente
vigencia
de
que
se
trate".
3
Con
respecto
a esta
afirmación
el
Consejo
de
Estado,
Sección
Tercera,
Subsección
A,
sentencia
del
8
de
noviembre
de
2021,
número
interno:
56023 señaló:
«Igualmente,
el
legislador
ha
establecido
que
dicha
equivalencia
debe
garantizarse
a
ambas
partes,
en
tanto
no
constituye
un
privilegio
exclusivo
del
contratista
particular».
,,
Señala el
artículo
de
la
Ley
80
de
1993
que
la
entidad
contratante
podrá
solicitar
la
actualización
o revisión
de
los precios,
cuando
se
produzcan
fenómenos
que
alteren
en
su
contra
el
equilibrio
económico
o
financiero
del
contrato.
Agencia
Nacional
de
Defensa
Jurídica del Estado
Dirección: Carrera 7 No.75 -66, Bogotá D.C., Colombia
Conmutador: (
+57)
601 255 8955
Fax: (
+57)
601 255 8933
Página
12

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