Circular de Gobernación de Antioquia, 2020 - Normativa - VLEX 877782293

Circular de Gobernación de Antioquia, 2020

Número de circular2020090000133
Año2020
EmisorGobernación de Antioquia
:» %1
GOBERNACIÓN DE ANTI000IA
SECRETARIA GENERAL
CIRCIiI AP
Radicado: K 2020090000133
Fecha: 07/032020
Tipo: CIRCULAR
1
Dtino: OTRAS
PARA:
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO CUYA COMPETENCIA DE INSPECCIÓN,
VIGILANCIA Y CONTROL CORRESPONDE A LA GOBERNACIÓN DE
ANTIOQUIA.
DE:
SECRETARIO GENERAL
ASUNTO:
REPORTE ANUAL DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y
CONTABLE ANTE LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA LEGAL Y DE CONTROL
En virtud de la delegación de funciones conferida por el Presidente de la República en el Decreto
Nacional 1318 de 1988, el Gobernador de Antioquia ejerce las funciones de Inspección,
Vigilancia y Control sobre las Entidades sin Ánimo de Lucro domiciliadas en el departamento de
Antioquia que no sean competencia de ningún otro organismo. Dichas facultades fueron
asignadas a través del Decreto Ordenanza 2575 de 2008, modificado por la Ordenanza 29 de
2010 a la Dirección de Asesoría Legal y de Control.
El artículo 2 de la Ley 1314 de 2009 en concordancia con el Decreto Único Reglamentario 2420
de 2015 modificado por el Decreto 2496 del mismo año, establece que todas las personas
jurídicas están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo a los principios y normas de
contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información.
DOCUMENTOS A PRESENTAR CUANDO SE CONSTITUYE LA ENTIDAD O EN CASO DE
REFORMAS ESTATUTARIAS
Según lo establecido en el Decreto 1074 de 2015, las entidades sin ánimo de lucro deberán
presentar ante la Gobernación de Antioquia, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha
de inscripción, los siguientes documentos:
• Certificado de registro expedido por la Cámara de Comercio competente.
• Estatutos debidamente registrados.
• Copia del Rut debidamente diligenciado con las responsabilidades que le competen a la
entidad, incluyendo la N° 42 (Obligados a llevar contabilidad).
En caso de efectuar reformas a los estatutos, se deberá allegar copia de las mismas.
DOCUMENTOS A PRESENTAR ANUALMENTE
El decreto 1066 de 2015 en concordancia con la Ley 1314 de 2009 determina para este tipo de
entidades la obligatoriedad de presentar la siguiente documentación actualizada:
SVELEZA
1. Certificado de Existencia y de Representación Legal.
2 Copia de los estatutos.
Certificado de registro de libros de actas y de asociados.
RUT actualizado con las responsabilidades que le competen a la entidad.
Proyecto del presupuesto para la vigencia en curso.
Estados financieros bajo normas NllF, comparativos de los dos años inmediatamente
anteriores, suscritos por el Representante Legal y el Contador Público que los elaboraron y
el Revisor Fiscal si existiere.
UNIDOS
-
Centro Administrativo Departamental José María Cordova (La Alpujarra)
Calle 42 B 52
-
106
-
Piso 12- Teléfonos 57 (4) 3839002/38392 11- Medellín
-
Colombia

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