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Circular Nº capitalize!important;">circulares: 266 de Superintendencia de Notariado, 2021

Fecha11 Mayo 2021
Número de circularcapitalize!important;">circulares</span>: 266
Año2021
Código:
GDE GD FR 08 V.03
28-01-2019
Superintendencia de Notariado y Registro
Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201
PBX 57 + (1) 3282121
Bogotá D.C., - Colombia
http://www.supernotariado.gov.co
correspondencia@supernotariado.gov.co
CIRCULAR No.
SDN
Bogotá, D.C.
PARA: NOTARIOS DEL PAÍS
DE: SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA EL NOTARIADO
ASUNTO: ALERTA SOBRE PROCESOS JUDICIALES POR PRESUNTA MODALIDAD DE ESTAFA
Respetados notarios,
En atención a la comunicación remitida mediante el oficio SNR2021ER022229, suscrita por el señor ROBERTO
CHAVES ECHEVERRI, Notario Sexto del Círculo de Medellín, y en cumplimiento de las funciones asignadas a
la Superintendencia Delegada para el Notariado en el artículo 24 del Decreto 2723 de 20141, se pone en
conocimiento de los señores notarios del país la comunicación allegada por el señor Gilberto Bravo al referido
despacho notarial, a través de la que informa el historial de procesos judiciales que se adelantan contra la
señora María Catalina Carvajal Gómez, por la comisión de delitos de estafa. Sobre el particular, se expone en
la petición:
“En mi calidad de Notario Sexto del Círculo de Medellín y a solicitud del señor Gilberto Bravo, quien
actuó en calidad de comisionista en un negocio privado de precontrato de compraventa, me permito
remitirle documento en formato pdf contentivo de sesenta y tres (63 ) páginas, correspondiente al
historial de procesos que se encuentran en la rama judicial a nombre de la señora MARÍA CATALINA
CARVAJAL GOMEZ, identificada con la cédula de ciudadanía 43.614.891, por presunta modalidad de
estafa, para que por favor sea remitido a las demás Notarías del País; en particular es urgente su
remisión a las Notarías de esta ciudad de Medellín, por cuanto aquí es donde reside la mencionada
señora (…)”
Lo anterior con el fin de que previo a adoptar cualquier decisión sobre el particular, se efectúen las indagaciones
a las que haya lugar y se adopten las medidas necesarias con diligencia y cuidado, para mi tigar el riesgo que
pueda derivarse de tal gestión.
Para el efecto se anexa copia del escrito presentado por la Notaría Sexta (6) del Círculo de Medellín, junto con
los respectivos anexos.
Cordialmente,
DANIELA ANDRADE VALENCIA
Superintendente Delegada para el Notariado
Proyectó: Johann Sebastian Botello Rincón/ Contratista.
Revisó: William Andrés Toca/ Contratista - Juan Andrés Medina Cifuentes/ Asesor OAJ
Anexo comunicación SNR2021ER022229.
1 “Artículo 24.Funciones de la Superintendencia Delegada para Notariado. Son funciones de la Superintendencia Delegada
para Notariado, las siguientes: (…) 17. Estudiar y adoptar las medidas e instrucciones a que haya lugar, en relación con
los informes que presenten los entes de control, entidades estatales y organismos privados en relación con el servicio
notarial. (…)”
266
Mayo 11 de 2021

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