Circular Nº 274 de Superintendencia de Notariado, 2022 - Normativa - VLEX 899473200

Circular Nº 274 de Superintendencia de Notariado, 2022

Número de circular274
Año2022
Fecha31 Marzo 2022
Código:
GDE GD FR 03 V.03
28-01-2019
Superintendencia de Notariado y Registro
Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201
PBX 57 + (1) 3282121
Bogotá D.C., - Colombia
http://www.supernotariado.gov.co
correspondencia@supernotariado.gov.co
CIRCULAR Nº ______
DTR
Bogotá, D.C., ______________ de 2022
PARA: SEÑOR REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE
SAN VICENTE DEL CAGUAN
DE: DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTRO
Asunto: Prohibición de Enajenar Bienes Inmuebles sujetos a Registro.
Para su conocimiento y para los fines que estime pertinentes, remito oficio Nº 404-021
de fecha 01/10/2021, recibido en esta Entidad con radicado SNR2022ER002337 de
fecha 12/01/2022, suscrito por el Doctor Ariel Hernán Aguirre Ortiz, Secretario del
Juzgado Promiscuo Municipal con Funciones de Control de Garantías de la Vega -
Cundinamarca, mediante el cual informa a la Superintendencia de Notariado y Registro,
las disposiciones sobre prohibición de enajenar bienes inmuebles sujetos a registro,
durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de audiencia, (artículo 97 del C.P.P.),
que sean de propiedad del(os) imputado(s) relacionado(s) en el oficio en mención
anexo.
Favor reportar la información pertinente de las inscripciones efectuadas, de conformidad
con lo requerido en el oficio en mención. En los casos que no obre información de la
persona imputada, favor abstenerse de remitir comunicación escrita al Despacho
Judicial.
Cada ORIP será responsable de conservar digitalmente la trazabilidad de la consulta
realizada, para efecto de cualquier requerimiento posterior.
LUIS JAIME ACOSTA GARCÍA
DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO (E)
Proyectó: Efrén Latorre
Reviso: Victor F. Pinto
Anexos:1 Folio
274
Marzo 31

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