Circular Nº 304 de Superintendencia de Notariado, 2023
Número de circular | 304 |
Fecha | 17 Agosto 2023 |
Año | 2023 |
Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04
Versión:03
Fecha: 20 – 06 - 2023
CIRCULAR N°
FECHA:
DE: SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA EL REGISTRO.
PARA: REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL PAÍS.
ASUNTO: IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES DE LOS REGISTRADORES
DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS.
Señores Registradores de Instrumentos Públicos:
El Decreto 2723 de 2014 detalla en el artículo 13 que es función del Despacho del
Superintendente de Notariado y Registro “Resolver los impedimentos y
recusaciones formuladas contra los Registradores de Instrumentos Públicos y
designar los correspondientes funcionarios Ad-Hoc” y en ese sentido, mediante la
Resolución No. 02258 de marzo 10 de 2023 se delegó en el Superintendente
Delegado para el Registro, el conocimiento y decisión de las solicitudes de
impedimentos y recusaciones de los Registradores Principales de las oficinas de
Registro de instrumentos Públicos y, la respectiva designación de los
Registradores Principales de Instrumentos Públicos Ad – Hoc y decisión de las
solicitudes de los impedimentos y recusaciones de los Registradores de
Instrumentos Públicos Seccionales y la respectiva designación de los
Registradores de Instrumentos Públicos seccionales Ad-Hoc.
El artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 señala: “Conflictos de interés y causales de
impedimentos y recusación: Cuando el interés general propio de la función pública
entre en conflicto con el interés particular y directo del servidor público, este
deberá declararse impedido. Todo servidor público que deba adelantar o
sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas
o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado si no manifiesta su
impedimento por: (…)”, estableciendo a su vez las causales generales de
304
Agosto 16 de 2023
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