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Circular Nº capitalize!important;">circulares: 381 de Superintendencia de Notariado, 2021

Número de circularcapitalize!important;">circulares</span>: 381
Año2021
Fecha22 Junio 2021
Código:
GDE GD FR 08 V.03
28-01-2019
Superintendencia de Notariado y Registro
Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201
PBX 57 + (1) 3282121
Bogotá D.C., - Colombia
http://www.supernotariado.gov.co
correspondencia@supernotariado.gov.co
CIRCULAR No.
PARA: NOTARIOS DEL PAÍS
DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA EL NOTARIADO
ASUNTO: EXISTENCIA PODER ESPECIAL PRESUNTAMENTE FALSO
En consideración al oficio remitido mediante el radicado número SNR2021ER046323, suscrito por el Doctor
REINALDO QUINTERO QUINTERO, Notario Segundo (2º) del Círculo de Neiva Huila, y en cumplimiento
de las funciones asignadas a la Superintendencia Delegada para el Notariado, se hace necesario alertar
sobre la existencia de un poder especial presuntamente falso, según refiere la comunicación.
De manera atenta me permito comunicarles que el poder especial otorgado por la señora AURA
CARDOSO ARAGONES, identificada con cédula de ciudadanía número 36.168.047 de Neiva,
a JUAN BAUTISTA YATES BUSTOS, identificado con la cédula de ciudadanía número
14.956.819 expedida en Cali Valle, en la Notaría Primera de Cali, el día 08 de Enero de 2021,
para venderse el inmueble ubicado en la carrera 1H #4-61 de la ciudad de Neiva, con matrícula
inmobiliaria número 200-74753, es FALSO, copia del cual se adjunta..
Lo anterior, con el fin de que previo a adoptar cualquier decisión sobre el particular, se efectúen las
indagaciones a las que haya lugar y se adopten las medidas necesarias con diligencia y cuidado, para mitigar
el riesgo que pueda derivarse de tal gestión. Para el efecto se anexa copia de la mencionada comunicación
junto con sus respectivos anexos.
Cordialmente,
DANIELA ANDRADE VALENCIA
Superintendente Delegada para el Notariado
Proyectó: Laura Ximena Cancino Fuentes / Contratista
Aprobó: Sol Milena Guerra Zapata/ Directora de Vigilancia y Control Notarial
381
FECHA: Junio 22 de 2021

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