Circular Nº P-46 del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, 06-09-2008 - Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Normativa - VLEX 908067325

Circular Nº P-46 del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, 06-09-2008

Fecha06 Septiembre 2008
Número de circularP-46
CIRCULAR NUMERO P - 46
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CIRCULAR REGLAMENTARIA P - 46 DE 2008
FECHA: Bogotá D. C., 30 de septiembre de 2008
PARA: BANCOS, CORPORACIONES FINANCIERAS, COMPAÑÍAS DE
FINANCIAMIENTO COMERCIAL, ORGANISMOS
COOPERATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE CARÁCTER
FINANCIERO, COOPERATIVAS FINANCIERAS VIGILADAS
POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA Y GREMIOS.
ASUNTO: MANUAL DE SERVICIOS DE FINAGRO.
Como uno de los objetivos institucionales de la Entidad, es el de “ser una
institución financiera que promueve integralmente el desarrollo del sector rural
y agropecuario mediante la financiación oportuna de los proyectos y facilitando
el acceso a los instrumentos de apoyo establecidos en la política pública, que
permitan a sus beneficiarios el desarrollo empresarial con carácter competitivo
y eficiente”, para su cabal desarrollo, con la presente Circular Reglamentaria se
adopta el Manual de Servicios que reúne la normatividad expedida por
FINAGRO con base en las Resoluciones de la Comisión Nacional de Crédito
Agropecuario, en materia de Crédito Agropecuario y Rural, Programas
Especiales de Fomento y Desarrollo Agropecuario, Fondo Agropecuario de
Garantías, FAG, Incentivos, Líneas Especiales de Crédito, Instructivo Operativo
de Cartera y Procedimiento Investigativo y de Control.
Este Manual reúne las diferentes instrucciones y Circulares Reglamentarias
emitidas por la Entidad que a la fecha se encuentran vigentes, una vez
revisadas, modificadas y recopiladas, lo cual se hizo con los siguientes
propósitos:
1. Compendiar en un solo volumen las normas e instructivos vigentes, con el
fin de facilitar su difusión y consulta a todos los interesados.
2. Contar con un mecanismo que permita su permanente actualización, para
cuyo propósito su presentación se elaboró con hojas intercambiables.
3. Disminuir la carga operativa tanto de los Intermediarios Financieros
vigilados por la Superintendencia Financiera, como de los beneficiarios del
crédito, al contar con una herramienta de fácil manejo para su consulta.
El Manual está dividido en capítulos, títulos, numerales y literales para facilitar
su consulta temática, y su actualización se realizará por medio de Circular
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Reglamentaria que defina los cambios a realizar, a la cual se adjuntarán las
hojas que incorporen las modificaciones, para que cada usuario del Manual las
sustituya en su propio documento según instructivo adjunto (Instrucciones para
la actualización del Manual de Servicios) y lo mantenga actualizado.
En la página Web de FINAGRO se encontrará un icono que tendrá el Manual
permanentemente actualizado y otro en el que se encontrarán las Circulares
Reglamentarias emitidas y las que se vayan emitiendo hacia el futuro.
La presente Circular Reglamentaria rige a partir de su publicación e incorpora y
sustituye la totalidad de las Circulares Reglamentarias expedidas por la Entidad
hasta la fecha.
LUIS FERNANDO CRIALES GUTIERREZ
Presidente
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ANEXO
INSTRUCCIONES PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE
SERVICIOS FINAGRO
1. El servicio de envíos periódicos consiste en remitir a nuestros
beneficiarios hojas sueltas, perforadas, para cambiar las de la misma
numeración que han sufrido modificaciones. Estas se deben botar o
destruir para evitar confusiones.
2. Los envíos periódicos tienen la finalidad de actualizar completamente la
información contenida en el manual de servicios.
3. En la parte inferior izquierda anotamos el numero de la circular, fecha
del envió y capitulo.
4. En la parte inferior central anotamos el número de página.
5. En la mayoría de los casos, las modificaciones caben dentro de cada
pagina, sin afectar las siguientes; pero cuando el texto nuevo es
demasiado extenso es necesario adicionar paginas dentro de la
numeración ya establecida, se reconocerá por llevar una subdivisión de
páginas: Ejemplo: Se hace necesario incorporar un nuevo material de
tres páginas entre las 100 y 101, las hojas sueltas del envió, llegarán
enumeradas como páginas 100-1, 100-2 y 100-3. Después de que usted
actualice su información la paginación deberá quedar: 100, 100-1, 100-2,
100-3, 101.
6. El responsable de cada entidad debe llevar el cuadro de control de
envíos periódicos actualizado.

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