Circular Nº 561 de Superintendencia de Notariado, 2022 - Normativa - VLEX 913329974

Circular Nº 561 de Superintendencia de Notariado, 2022

Número de circular561
Fecha26 Octubre 2022
Código:
CNEA PO 02- FR - 07
03-12-2020
Superintendencia de Notariado y Registro
Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201
PBX 57 + (1) 3282121
Bogotá D.C., - Colombia
http://www.supernotariado.gov.co
correspondencia@supernotariado.gov.co
CIRCULAR Nº _____
DTR
Bogotá, D.C., _________________ de 2022
PARA: SEÑORES REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
EN TODO EL PAIS
DE: DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTRO
ASUNTO: Inscripción de la Resolución Nº 1246 de fecha 19/09/2022 de la
Superintendencia Financiera de Colombia, Por medio de la cual se adopta
una medida cautelar administrativa por captación no autorizada de
recursos del público.
De conformidad con las funciones asignadas a las Oficinas de Registro de Instrumentos
Públicos mediante Decreto 2723 del 2014 artículo 22 numeral 4, remito para el
respectivo trámite, los documentos radicados con el Nº SNR2020ER131228 de fecha
10-10-2022, de la Superintendencia Financiera de Colombia, remitidos por el Doctor
José Camilo Torres Duque, Director de Control del Ejercicio Ilegal de la Actividad
Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia quien ejerce las funciones
de Liquidador de la mencionada.
Dicho acto administrativo indica lo siguiente:
ARTICULO NOVENO. SOLICITAR a la Superintendencia de Notariado y Registro su colaboración
con el fin de instruir a todos los registradores de instrumentos públicos para que se abstengan de
registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de bienes de propiedad del señor DANIEL
FERNANDO CARVAJALINO CENTENO, el establecimiento de comercio D&N FOREX PIPS y la
sociedad D&N TRADING ACADEMY S.A.S, salvo que dicho acto haya sido realizado por el Agente
Interventor que designe la Superintendencia de Sociedades, autoridad que una vez asuma la actuación
será la única competente para disponer de los respectivos activos.
Por lo anteriormente expuesto, se le solicita dar cumplimiento a la medida de intervención,
absteniéndose de inscribir actos o contratos sobre los bienes de la antes mencionada.
De manera cordial solicito NO remitir información a esta Dirección, únicamente enviarla a la
entidad competente.
OLMAN JOSE OLIVELLA MEJIA
Director Técnico de Registro
Proyectó: Efrén Latorre
Reviso: Víctor F. Pinto
Anexos: Un (1) archivo que contiene en 41 Folios
561
Octubre 26

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