Circular Nº 65 Despacho Procurador General, 05-11-2004 - Normativa - VLEX 767626053

Circular Nº 65 Despacho Procurador General, 05-11-2004

Fecha05 Noviembre 2004
EmisorDespacho Procurador General (Procuraduría General de la Nación (Colombia))
PROCURADURlA

CIRCULAR NÚMERO 65


DE: PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

PARA: GOBERNANTES Y ALCALDES MUNICIPALES Y DISTRITALES

ASUNTO: OBLIGATORIEDAD DE CREAR Y CUMPLIR LAS FUNCIONES DE LOS COMITES DE ATENCION INTEGRAL A LA POBLACIÓN DESPLAZADA


FECHA: 05 NOVIEMBRE 2004



De conformidad con lo señalado en el artículo 7° de la ley 387 de 1997, el Gobierno Nacional debe promover la creación de los Comités Departamentales, Municipales y Distritales para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, encargados de prestar apoyo y brindar colaboración al Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, por tal motivo, nos permitimos recordar a todos los Gobernadores y Alcaldes la obligación no solo de conformar dichos comités, sino de dar cumplimiento a las funciones de carácter preventivo y de atención integral señaladas en los artículos 8 de la ley 387 de 1997 y 32 y 33 del decreto 2569 de 2000.



Las citadas normas contienen, entre otras, las siguientes obligaciones:


La creación de sistemas de alertas tempranas, velar porque se brinde la protección militar y policiva en las zonas o a las poblaciones amenazadas por hechos violentos que puedan generar desplazamiento, o donde ya se hayan producido; solicitar el concurso de las autoridades nacionales, departamentales y locales competentes, para la atención oportuna y la prevención del desplazamiento; contribuir al fortalecimiento del desarrollo integral y sostenible de las zonas expulsoras y receptoras de población desplazada, recolectar en los desplazamientos masivos la





información de la población desplazada e iniciar los trámites para su inscripción en el Registro Único de Población Desplazada, coordinar y adoptar medidas de ayuda humanitaria de emergencia; preparar el plan de contingencia en el que se incluyan las partidas presupuestales necesarias para la prevención, atención integral y protección de la población desplazada por la violencia. Dicho plan de contingencia debe ser...

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