Circular N° 9 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 12-04-2024
Fecha | 12 Abril 2024 |
Número de circular | 9 |
Materia | Administrativo |
CIRCULAR No. 0009 DEL 12-04-2024
ANH-GDO-FR-16 Versión N° 3 Pág. 1 de 2
PARA:
Servidores públicos ANH
DE:
Vicepresidencia Administrativa y Financiera
ASUNTO:
relacionado con la actualización de la Declaración de Bienes, Rentas
y Conflicto de Interés.
servidores públicos tienen plazo hasta el 31 de mayo de cada vigencia para actualizar la
Declaración de Bienes y Rentas a través del aplicativo del Sistema de Información y Gestión
del Empleo Público (SIGEP II).
https://www.funcionpublica.gov.co/web/sigep2, dar clic en Ingresar al SIGEP II, y luego digitar
el número de cedula y contraseña.
Una vez se ingrese al portal, en la pestaña de Información personal, seleccionar el Mi
Declaración de Bienes y Rentas, tipo de declaración “Periódica”
Para realizar dicho procedimiento en la plataforma deben tener a la mano entre otros:
1. Certificado de ingresos y retenciones del año 2023.
2. Extractos bancarios
3. Avalúo catastral o de vehículos.
Nota: Recuerda hacer Clic en el botón GUARDAR DEFINITIVO para que tu declaración de
bienes y rentas quede guardada y cargada en el SIGEP II.
Una vez se realice la presentación de la Declaración de Bienes y Rentas en el aplicativo
por medio de controldoc mediante comunicación interna adjuntando la Declaración de Bienes
y Rentas en archivo PDF. Para clasificar el documento se debe seguir la siguiente ruta:
Clase de comunicación – Interna – Serie Documental – Historias Laborales – Subsidie
Documental - Historias Laborales – Tipología Documental - 629 FORMULARIO UNICO
DECLARACION JURAMENTADA DE BIENES Y RENTAS DAFP
Nota: Es importante que actualicen sus datos personales (dirección y teléfonos) en la
Hoja de Vida con los últimos acontecimientos de esta, y verificar que la Hoja de Vida se
encuentre con los soportes de la información registrada en Formación Académica y
Experiencia Laboral.
Declaración de Bienes y Conflicto de Interés – Ley 2013 de 2019
los principios de transparencia y publicidad mediante la publicación de las Declaraciones de
Bienes, Renta y Registro de los Conflicto de Interés” señala para los sujetos obligados de
conformidad al artículo 2° de la mencionada Ley, que deberán publicar y divulgar de forma
proactiva la declaración de bienes y rentas, del registro de conflicto de interés y la declaración
del impuesto sobre la Renta y Complementaria a través del Sistema de Información y Gestión
Gerencial, para su posesión, durante el ejercicio de las funciones y al momento de retirarse
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