Circular Nº K2024090000064 de Gobernación de Antioquia, 2024 - Normativa - VLEX 1022498945

Circular Nº K2024090000064 de Gobernación de Antioquia, 2024

Número de circularK2024090000064
Año2024
Fecha de publicación27 Febrero 2024
EmisorGobernación de Antioquia
if
y
Radicado;
K
2024090000064
Fecha:
2110212024
GOBERNACION
DE
ANTIOQUIA
República
de
Colombia
rUNACION
M
ANTKX)IIIA
Tipo:
CIRCULAR
Destino:
CIRCULAR
SECRETARIOS
DE
DESPACHO,
DIRECTORES
DE
DEPARTAMENTOS
ADMINISTRATIVOS,
GERENTES,
JEFES
DE
OFICINAS
Y
DEMÁS
SERVIDORES
PÚBLICOS
QUE
GESTIONAN
PROCESOS
DE
CONTRATACIÓN
PARA:
SECRETARÍA
GENERAL
DE:
REVISIÓN
PROCESOS
Y/O
CONTRATOS
QUE
NO
SUPEREN
EL
30%
DE
LA
MENOR
CUANTÍA
ASUNTO:
La
Secretaría
General
del
Departamento
de
Antioquia
en
cumplimiento
de
sus
funciones
misionales,
en
especial
la
de
Prevención
del
Daño
Antijurídico,
insta
a
todos
los
ordenadores
del
gasto
y
demás
operadores
de
la
gestión
contractual,
para
que
a
partir
del
primero
(1)
de
marzo
de
2024,
den
cumplimiento
a
la
siguiente
instrucción:
Todo
proceso
y/o
contrato
que
no
supere
el
30%
de
la
menor
cuantía,
independiente
de
su
naturaleza,
debe
ser
puesto
en
conocimiento
de
la
Dirección
Asesoría
Jurídica
Contractual,
así:
El
expediente
precontractual
(estudios
previos
con
todos
sus
anexos),
debidamente
digitalizado
y
antes
de
su
publicación
en
el
SECOP
II,
deberá
ser
remitido
a
la
Dirección
Asesoría
Jurídica
Contractual
para
su
previa
revisión.
1.
Una
vez
realizada
la
revisión
de
la
Dirección
Asesoría
Jurídica
Contractual
y
subsanadas
las
correspondientes
observaciones,
ésta
Dirección
dará
constancia
de
la
respectiva
subsanación
para
que
la
dependencia
continué
el
trámite
del
proceso.
De
dichas
revisiones,
se
presentará
un
informe
a
los
integrantes
del
COS,
para
su
conocimiento.
2.
Posteriormente,
el
organismo
interesado
una
vez
haya
realizado
la
adjudicación
o
suscripción
del
contrato,
deberá
reportar
a
la
Dirección
Asesoría
Jurídica
Contractual
el
número
del
proceso
para
su
consulta
en
el
SECOP
II.
Lo
anterior,
con
el
fin
de
realizar
una
revisión
aleatoria
del
cumplimiento
de
lo
establecido
en
el
Decreto
2020070000007
de
2020,
artículo
numeral
17.
3.
La
anterior
información
deberá
reportarse
a
los
correos
electrónicos:
mariaqirlesa.cardona@antioquia.qov.co
con
copia
qchicaq@antioqui
a.qov.co.,
indicando
en
el
asunto
del
correo
“procesos
y/o
contratos
que
no
superan
el
30%
de
la
menor
cuantía”.
4.
La
presente
circular
tiene
como
propósito
garantizar
los
principios
que
rigen
la
contratación
pública.
/
MARTHA
PATRICIA
CORREA
TABORDA
Secretaria
Ge
neral
Firma
Fecha
Nombre
Proyectó;
Catalina
Jiménez
Henao
-
Astrid
Arroyo
Genes,
Mauricio
Andrés
Machado
Alvarado,
Profesionales
Universitarios
Revisó:
Aidé
del
Pilar
García
Holguín
-
Directora
Asesoría
Jurídica
Contractual
(E)
I
A
Carlos
Andrés
Roldán
Alzate
-
Subsecretario
Prevención
del
Daño
Antijurídico
Los
arriba
firmantes
declaramos
que
hemos
revisado
el
documento
y
lo
encontramos
ajustado
a'Yas
normas
y
disposiciones
vigentes
y
por
lo
tanto
bajo
nuestra
/
responsabilidad
lo
presentamos
para
firma
Aprobó;
fhK»
Carmeméa
Centro
Administrativo
Departamental
José
María
Córdova
(La
Alpujarra)
Calle
42
B
No.
52
■■
106
-
Línea
de
Atención
a
la
Ciudadanía:
604
409
9000
Medellín
-
Colombia.
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