Circular número 0009 de 2023 - 31 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 928998595

Circular número 0009 de 2023

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52353

Para: Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales de Salud o quien haga sus veces, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Públicas y Privadas, Empresas Administradoras de Planes de Beneficios y otras Entidades responsables del pago de los servicios de Salud.

De: Ministra de Salud y Protección Social.

Asunto: Recomendaciones para mitigar los riesgos en la salud pública con ocasión de la temporada de Semana Santa 2023.

Fecha: 31 de marzo de 2023.

Del 2 al 9 de abril del presente año se celebra en Colombia la Semana Santa, lo cual conlleva un incremento en el flujo de personas que transitan por todo el territorio nacional, hacia destinos de peregrinación, descanso o recreación. Este escenario requiere la atención y disposición de medidas por parte de las autoridades e instituciones de salud, tendientes a la implementación de medidas de comunicación del riesgo, preparación y ejecución de la respuesta ante posibles emergencias.

Durante este periodo se presentan aglomeraciones de personas en sitios de interés turístico y religioso, con lo cual se incrementa el riesgo de la presencia de eventos que afectan la salud pública, donde se incluyen los siguientes:

- Incremento de la Infección Respiratoria Aguda IRA (incluida la posibilidad de contagio por COVID-19).

- Incremento de enfermedades transmitidas por vectores (Dengue, chikunguña, zika, entre otros).

- Incremento de enfermedades transmitidas por agua y alimentos (Enfermedad Diarreica Aguda (EDA), Hepatitis A, Fiebre tifoidea, Paratifoidea y Cólera).

- Incremento en los siniestros viales.

- Aumento en la demanda de atención en los servicios de salud asociados a traumatismos e infecciones respiratorias.

- Accidentes por inmersión o ahogamiento.

- Aumento del riesgo de estampidas o colapsos de estructuras en sitios con alta afluencia de personas.

- Casos por contacto con animales ponzoñosos, ofídicos, escorpiónico, intoxicación con ciguatera y escombroidosis (intoxicación con pescado mal conservado), contacto con fragata portuguesa en áreas costeras (medusas).

En salvaguarda del derecho fundamental a la salud, tal y como lo regula y caracteriza la Ley 1751 de 2015, el cual debe ser garantizado con continuidad en todo el territorio nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social, como órgano rector del sector salud, encargado de su dirección y conducción, en el marco de las competencias de orden legal, particularmente, las previstas en el numeral 6 del artículo 2º del Decreto Ley 4107 de 2011, con el objetivo de mitigar el impacto en salud de las situaciones de emergencia o desastres que puedan presentarse durante la temporada de Semana Santa 2023, imparte las siguientes instrucciones que deberán contemplarse en los planes de contingencia de cada entidad territorial:

1. SOBRE LA ARTICULACIÓN INTERSECTORIAL E INTRASECTO-RIAL DE LAS DIRECCIONES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y

MUNICIPALES DE SALUD.

A las Direcciones Territoriales de Salud les corresponde:

1.1. Coordinar las acciones en salud con los Consejos Departamentales, Distritales o Municipales para la Gestión del Riesgo de Desastres, de acuerdo con los linea-mientos establecidos en la Circular Conjunta 040 de 2014 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social y la UNGRD. En estos espacios de gestión, se deben compartir los posibles escenarios de riesgos en salud para la...

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