Circular número 003 de 2022 - 26 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 917887788

Circular número 003 de 2022

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín52259

PARA: Operadores del juego de lotería tradicional o de billetes.

ASUNTO: Estandarización y adopción de formato para la presentación de planes de desempeño.

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 de artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificado por el Decreto ley 4144 de 2011, expidió el Acuerdo 108 de 2014, «Por el cual se establecen los indicadores para calificar la gestión eficiencia y rentabilidad de los operadores del juego de lotería tradicional o de billetes y se dictan otras disposiciones».

En el artículo 5º del mencionado Acuerdo se establece que « [...]

la Cruz Roja Colombiana y las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD), administradoras u operadoras directas del juego de lotería tradicional o de billetes, que obtengan calificación insatisfactoria con base en los indicadores de gestión, eficiencia y rentabilidad o que incurran en los eventos o situaciones de que trata el Artículo 6º del presente acuerdo, deberán someterse a un plan de desempeño por cada indicador insatisfactorio o para recuperar su viabilidad financiera e institucional, según sea el caso.»; Asimismo, el mencionado artículo señala que los planes de desempeño deben ser remitidos al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar para su validación.

En cumplimiento de lo anterior, se establece lo siguiente:

PRIMERO, PRESENTACIÓN DE PLANES DE DESEMPEÑO: De conformidad con el Acuerdo 108 de 2014, los Planes de Desempeño son compromisos unilaterales e irrevocables, suscritos por los representantes legales de las empresas operadoras directas del juego de lotería tradicional o de billetes, aprobados por su Junta Directiva, en el que se indiquen las actividades que se desarrollarán para corregir las causales de la calificación insatisfactoria o para superar los eventos y situaciones que conllevaron a su sometimiento.

Los operadores del juego de lotería tradicional o de billetes deberán presentar a la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, su plan de desempeño en el formato adoptado por medio de la presente circular; para la elaboración de este se deberá tener en cuenta lo establecido en el Capítulo IV del Acuerdo 108 de 2014 y los lineamientos y condiciones fijados en el instructivo para su diligenciamiento.

SEGUNDO. ESTANDARIZACIÓN DE...

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