Circular número 0094 de 2023
Emisor | Ministerio del Trabajo |
Número de Boletín | 52621 |
Para: Representantes Legales, Revisores Fiscales y Contadores de las
Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.
De: Ministerio del Trabajo
Asunto: Instructivo para solicitar la Exención del Pago de las Contribuciones Especiales de que trata el artículo 10 de la Ley 1233 del 2008.
Fecha: 22 dic 2023
Teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 10 de la Ley 1233 del 20081, reglamentado por el artículo 3º del Decreto 3553 de 20082 y compilado en el artículo 2.2.8.1.40 del Decreto 1072 del 20153 , el cual establece que:
"(.) las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado cuya facturación causada en el año inmediatamente anterior -1º de enero a 31 de diciembre- sea igual o menor a cuatrocientos treinta y cinco (435) salarios mínimos legales mensuales vigentes, quedarán exentas de las contribuciones especiales al Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena); al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF); y a las Cajas de Compensación Familiar. Para ser beneficiario de la excepción, las cooperativas y Precooperativas de trabajo asociado deberán demostrar al Ministerio del Trabajo y a la correspondiente Superintendencia, dentro de los diez (10) primeros días calendario de cada año, que la facturación causada en el año inmediatamente anterior fue igual o inferior a cuatrocientos treinta y cinco (435) salarios mínimos legales mensuales vigentes, mediante certificación expedida por el revisorfiscal o por el representante legal, cuando se encuentre autorizado." [Subrayado fuera de texto]
Para dar cumplimiento a la normatividad vigente, el Ministerio del Trabajo a través de la Subdirección de Formalización y Protección del Empleo, informa a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado el instructivo para solicitar la exención de pago de las contribuciones especiales de que trata el artículo 10 de la Ley 1233 del 2008, cuyos lineamientos deberán ser cumplidos de manera obligatoria, así:
DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR: El Ministerio del Trabajo a través de la Subdirección de Formalización y Protección del Empleo, recibirá los documentos en original y en medio físico o electrónicos que se relacionan a continuación:
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Solicitud escrita de la exención de pago de las contribuciones especiales firmada por el representante legal de la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo Asociado, indicando:
· La razón social de la Cooperativa o Precooperativa de Trabajo asociado.
· Número de Identificación Tributaria (NIT).
· El domicilio social...
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