Resolución número 000217 de 2007, por la cual se establece el procedimiento interno para hacer efectiva la cláusula de multas en La Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Cormagdalena y se dictan otras disposiciones. - 19 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51311923

Resolución número 000217 de 2007, por la cual se establece el procedimiento interno para hacer efectiva la cláusula de multas en La Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, Cormagdalena y se dictan otras disposiciones.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín46756

El Director Ejecutivo de la Corporacion Autonoma Regional del Rio Grande de la Magdalena, Cormagdalena, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en articulo 17 de la Ley 1150 de 2007, y CONSIDERANDO:

  1. Que en Cormagdalena el regimen contractual es el establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios y las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen.

  2. Que el articulo 17 de la Ley 1150 de 2007, dice: Del derecho al debido proceso. El debido proceso sera principio rector en materia sancionatoria de las actuaciones contractuales. En desarrollo de lo anterior y del deber de control y vigilancia sobre los contratos que corresponde a las entidades sometidas al Estatuto General de Contratacion de la Administracion Publica, tendran facultad de imponer las multas que hayan sido pactadas con el objeto de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones. Esta decision debera estar precedida de audiencia del afectado que debera tener un procedimiento minimo que garantice el debido proceso del contratista y procede solo mientras se halle pendiente la ejecucion de las obligaciones a cargo del contratista. Asi mismo, podran declarar el incumplimiento con el proposito de hacer efectiva la clausula penal pecuniaria incluida en el contrato.

  3. Que el articulo 23 de la Ley 80 de 1993, dice: "De los principios en las actuaciones contractuales de las entidades estatales. Las actuaciones de quienes intervengan en la contratacion estatal se desarrollaran con arreglo a los principios de transparencia, economia y responsabilidad y de conformidad con los postulados de la funcion administrativa. Igualmente, se aplicaran en las mismas normas que regulan la conducta de los servidores publicos, las reglas de interpretacion de la contratacion, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo.

  4. Que el articulo 3° del Codigo Contencioso Administrativo, preceptua: Principios Orientadores. Las actuaciones administrativas se desarrollaran con arreglo a los principios de economia, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad, y contradiccion y en general, conforme a las normas de esta parte primera...

  5. Que el articulo 209 de la Constitucion Nacional, dice: La funcion administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrollaran con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralizacion, la delegacion y la desconcentracion.

  6. Que se hace necesario regular y establecer un procedimiento para la imposicion de multas que se pacten en los contratos que suscriba Cormagdalena, en el cual prime ante todo el debido proceso y se garanticen los derechos de los particulares, de conformidad con la normatividad vigente.

  7. Que por lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° En todos los contratos que celebre Cormagdalena, se incluira la clausula de multas, con el fin de exigir al contratista la ejecucion idonea y oportuna del objeto contratado o de sancionar el incumplimiento contractual, Articulo 2°

Para la imposicion de las sanciones pactadas contractualmente o establecidas en la ley, Cormagdalena y sus contratistas respetaran y actuaran de conformidad con el procedimiento...

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