Comentarios al Proyecto de Ley 046 de 2017 Cámara - 13 de Abril de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 712457421

Comentarios al Proyecto de Ley 046 de 2017 Cámara

carta de comentarios del Ministerio de Educación Nacional sobre el Proyecto de Ley Número 046 de 2017 Cámara por medio de la cual se garantizan los derechos de las personas con trastorno del espectro autista. Bogotá

Doctor

RODRIGO LARA RESTREPO

Presidente de la Cámara de Representantes

Edificio Nuevo del Congreso

Bogotá, D. C.

Referencia: Concepto al Proyecto de ley número 046 de 2017 Cámara.

Respetado doctor Lara:

Adjunto remito el concepto del Ministerio de Educación Nacional sobre el Proyecto de ley número 046 de 2017 Cámara, por medio de la cual se garantizan los derechos de las personas con trastorno del espectro autista.

Solicito de manera atenta tener en cuenta las observaciones que el Ministerio hace sobre el proyecto de ley.

Cordialmente,

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I. OBJETO DEL PROYECTO

La presente iniciativa tiene como objeto reconocer a las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en igualdad de condiciones de las personas que tienen otro tipo de discapacidad, brindándoles los apoyos técnicos y jurídicos que requieran para una efectiva inclusión en la sociedad; esto, de conformidad con la normatividad vigente y con los tratados internacionales de los cuales Colombia hace parte.

II. CONSIDERACIONES DE ORDEN CONSTITUCIONAL

1. Carácter estatutario de la iniciativa

Una vez analizado el contenido y el alcance de la iniciativa, se encuentra que la misma regula elementos esenciales de los derechos fundamentales de las personas con Trastorno del Espectro Autista, (TEA) en temas tales como:

i) Salud;

ii) Comunicación;

iii) Educación; y

iv) Trabajo.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 152, literal a) de la Constitución Política, consideramos que la propuesta de regulación debería estar contenida en una ley estatutaria, bajo los argumentos que a continuación exponemos:

A nivel jurisprudencial, la Honorable Corte Constitucional se ha pronunciado en los siguientes términos:

¿La reserva de ley estatutaria tiene la finalidad de proteger ciertas materias que cuentan con un trámite legislativo cualificado, debido a su importancia para el Estado Social de Derecho. Entre esos temas relevantes se encuentran los derechos fundamentales y sus garantías. Esta Corporación ha advertido que el juez constitucional debe aplicar un criterio de interpretación restrictivo de las materias que son objeto de regulación de leyes estatutarias. Además, construyó varias reglas...

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