Comentarios al Proyecto de Ley 081 de 2016 Cámara - 22 de Febrero de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 704690233

Comentarios al Proyecto de Ley 081 de 2016 Cámara

Carta de Comentarios del Ministerio DE DEFENSA NACIONAL al Proyecto de ley número 081 de 2016 Bogotá, D. C.,

Doctor

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO

Secretario General de la Cámara de Representantes

Carrera 7a N° 8-68. Primer piso.

Ciudad.

Asunto: Solicitud ¿ Proyecto de ley número 081 de 2016.

Apreciado Secretario:

En atención al Proyecto de ley número 081 de 2016, que busca modificar y ampliar el área de renovación urbana del Centro Administrativo Nacional (CAN), que se encuentra en trámite ante la honorable Plenaria de la Cámara de Representantes, solicito de manera respetuosa al honorable Representante, dar trámite para que se estudie la viabilidad jurídica de excluir del polígono 2 del área del proyecto, el bien inmueble ubicado en la Carrera 66 A 43-18, barrio Salitre el Greco, matrícula inmobiliaria 050C00750909, cédula catastral 43 54 A 1, predio denominado edificio ¿General Julio Arboleda¿, actualmente Sede Administrativa del Fondo Rotatorio de la Policía (FORPO), por las siguientes razones:

NATURALEZA JURÍDICA DEL FONDO ROTATORIO DE LA POLICÍA

1. El Fondo Rotatorio de la Policía, con NIT 860.020.227-0, es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, perteneciente al sector descentralizado por servicios del orden nacional, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) numeral 2[1][1]1 del artículo 38 de la Ley 498 de 1998, creado mediante Decreto número 2361 de 1954, reorganizado por el Decreto número 2353 de 1971, modificado por el Decreto número 2067 de 1984. (Negrillas subrayados fuera del texto original).

2. El Decreto número 2353 de 1971, ¿por el cual se reorganizan los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional¿, frente a la naturaleza jurídica del Fondo Rotatorio de la Policía establece:

¿Artículo 1°. Los Fondos Rotatorios del Ejército, de la Armada Nacional, de la Fuerza Aérea y de la Policía Nacional creados por los Decretos números 2361 de 1954, 180 de 1942 y Ley 84 de 1947, son establecimientos públicos, esto es, organismos dotados de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente y tienen por objeto desarrollar la política y los planes que en materia de abastecimientos y servicios adopte el Gobierno respecto de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. (...)¿.

3. El Acuerdo número 012 de diciembre 5 de 2001, por el cual se adopta el estatuto interno del Fondo Rotatorio de la Policía, se indica en el artículo 3° la naturaleza del Fondo Rotatorio de la Policía, que ¿es un establecimiento público del orden nacional adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio¿.

OBJETO SOCIAL DEL FONDO ROTATORIO DE LA POLICÍA

4. El artículo 5°, del Acuerdo número 012 de diciembre 5 de 2001, indica que el objeto social del Fondo Rotatorio de la Policía es el siguiente:

¿El Fondo Rotatorio de la Policía tiene por objeto fundamental desarrollar las políticas y planes relacionados con la adquisición, producción, comercialización, representación y distribución de bienes y servicios, programas de vivienda propia y la administración de cesantías de sus beneficiarios, para el normal funcionamiento de la Policía Nacional, Sector Defensa, Seguridad Nacional y demás entidades estatales.

Parágrafo. Son beneficiarios de los programas y servicios del Fondo Rotatorio de la Policía, además de sus propios funcionarios, los siguientes:

El personal uniformado y no uniformado de la Policía Nacional en servicio activo y en uso de asignación de retiro o pensión;

Y los demás que la ley y los reglamentos establezcan¿.

FUNCIONES DEL FONDO ROTATORIO DE LA POLICÍA

5. El artículo 6°, del Acuerdo número 012 de diciembre 5 de 2001, indica que son funciones institucionales del Fondo Rotatorio de la Policía las siguientes:

¿(¿)

¿ Contribuir con el Ministerio de Defensa Nacional en la formulación de la política, planes y programas de adquisición de toda clase de servicios y solución de vivienda propia.

¿ Cooperar con los demás fondos rotatorios para la ejecución de los planes y programas del sector correspondiente.

¿ Contratar con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, bienes y servicios y realizar todos aquellos actos de comercialización y negociación acordes con su finalidad.

¿ Producir bienes y servicios necesarios para su funcionamiento, de la Policía Nacional, Sector Defensa y demás entidades estatales.

¿ Administrar y explotar predios, instalaciones, talleres, industrias, maquinarias y equipos.

¿ Organizar y ejercer toda clase de actividades tendientes a procurar el bienestar de sus beneficiarios, tales como almacenes.

¿ Financiar por sí o por intermedio de entidad es financieras nacionales o extranjeras, las operaciones necesarias para el cabal cumplimiento de sus finalidades.

¿ Actuar ante la autoridad...

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