Comentarios de la unidad de promotores y vendedores de juegos de azar de colombi 138 de 2009 senado 004 de 2009 cámara - 10 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451374434

Comentarios de la unidad de promotores y vendedores de juegos de azar de colombi 138 de 2009 senado 004 de 2009 cámara

COMENTARIOS DE LA UNIDAD DE PROMOTORES Y VENDEDORES DE JUEGOS DE AZAR DE COLOMBI 138 DE 2009 SENADO, 004 DE 2009 CÁMARAPor la cual de modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar

Bogotá, D. C., Diciembre 4 de 2009.

Doctor

JAVIER CACERES

Presidente

SENADO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

Bogotá

Honorable señor Presidente:

Con un cordial saludo de parte de los trabajadores de los juegos de suerte y azar del país, además de ser también, usuarios de la salud subsidiada de nuestro Sistema General de Seguridad Social en Salud, y atendiendo la inminente crisis del sector de la salud que ha llevado al gobierno central a decretar Estado de Emergencia Social en Salud, nos ponemos a su disposición con el fin de aportar algunas sugerencias y consideraciones al proyecto de ley que busca reformar la Ley 643 de 2001 que fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, aprobado por las comisiones terceras del Congreso, en sesiones conjuntas. Es de anotar que desde la primera oportunidad que fue presentado este proyecto, el año pasado, hemos estado pendientes de aportar nuestra experiencia como trabajadores del sector de las apuestas y como usuarios de la salud, con el fin de ayudar a los honorables Congresistas a tomar una decisión acorde a las necesidades del Estado al implementar al interior de este proyecto de ley, estrategias que verdaderamente propendan por la consecución de recursos que solucionen en una forma definitiva, los graves problemas financieros del sector de la salud de nuestro País.

Sin embargo, observando el articulado aprobado por las comisiones terceras, no encontramos incluidas ninguna de nuestras propuestas, ni propuestas que nos beneficien como trabajadores del sector ni tampoco vemos alternativas reales que beneficien la salud de los colombianos y por el contrario, encontramos unos artículos que benefician únicamente al sector de la empresa privada hoy amos y señores de este mercado en nuestro país. Por tanto, consideramos que el objetivo con que presentan el proyecto a las plenarias del Congreso, ¿consecución de recursos para la salud¿, es solo un sofisma que hábilmente disfraza las nefastas intensiones de los empresarios particulares que pretenden a través de esta modificación de la Ley 643 de 2001, consolidarse como los únicos beneficiarios de las jugosas utilidades que se generan con nuestro trabajo, por encima de todo precepto Constitucional. En síntesis nuestras propuestas son:

Con el fin de dar cumplimiento al objetivo principal de este proyecto de ley, consecución de recursos para la salud, proponemos:

  1. Nuestros ingresos o salario, a lo largo y ancho del País, se han reducido entre un 25hasta un 30%, porcentaje que se ha quedado en el bolsillo de los empresarios del chance y no ha beneficiado en nada al Estado colombiano. Quienes realmente pagan los derechos de explotación así como...

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