RESOLUCIÓN NUMERO 2659 de 2008 , (septiembre 9) , por la cual se hace una delegación en materia de competencia contractual y ordenación del gasto . - 9 de Septiembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50039246

RESOLUCIÓN NUMERO 2659 de 2008 , (septiembre 9) , por la cual se hace una delegación en materia de competencia contractual y ordenación del gasto .

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47108

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en es pecial las que le confieren el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995, y CONSIDERANDO: Que el artículo 12de la Ley 80 de 1993, Estatuto de Contratación Estatal, consagra la facultad del representante legal de la entidad para delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en quienes desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes.

Que el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995 establece que "Los Jefes y Representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones y concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalencias".

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 consagra en su inciso 1 que "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias".

En mérito a lo anterior, RESUELVE:

Artículo 1°

Delegar en el Director Administrativo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la competencia en materia contractual para realizar todos aquellos actos para adjudicar el contrato cuyo objeto consiste en contratar un seguro que ampare los vehículos automotores de uso terrestre que sufran pérdidas totales o parciales provenientes de huelgas, asonadas, amotinamientos, conmociones civiles y/o terrorismo, este último cometido únicamente por grupos subversivos - póliza...

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