Competencias de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Autor | Hernando Sánchez-Sánchez |
Páginas | 103-108 |
UNIÓN PRO PAZ
Asamblea General de las Naciones Unidas
Resolución 377 (V ) de 3 de noviembre de 1950
A
La Asamblea General,
Reconociendo que los dos primeros propósitos
armados por las Naciones Unidas son:
“Mantener la paz y la seguridad internacio-
nales, y con tal n tomar medidas colectivas
ecaces para prevenir y eliminar amenazas a la
paz y para suprimir actos de agresión u otros
quebrantamientos de la paz; y lograr por me-
dios pacícos, de conformidad con los princi-
pios de la justicia y del derecho internacional,
el ajuste o arreglo de controversias o situaciones
internacionales susceptibles de conducir a que-
brantamientos de la paz”, y
“Fomentar entre las naciones relaciones de
amistad basadas en el respeto al principio de la
igualdad de derechos y al de la libre determi-
nación de los pueblos, y tomar otras medidas
adecuadas para fortalecer la paz universal”,
Rearmando que sigue siendo deber primor-
dial de todos los Miembros de las Naciones
Unidas, en caso de hallarse envueltos en una
controversia internacional, buscar el arreglo de
tal controversia por medios pacícos siguiendo
los procedimientos establecidos en el Capítulo
VI de la Carta, y teniendo presente los éxitos
alcanzados por las Naciones Unidas a este res-
pecto en varias ocasiones,
Encontrando que existe tensión internacional
en grado peligroso,
Recordando su Resolución 290 (IV) titulada
“Bases esenciales de la paz”, según la cual el
menosprecio de los principios de la Carta de
las Naciones Unidas es la causa principal de que
continúe la tensión internacional, y deseando
aportar nueva contribución encaminada a la
realización de los objetivos de dicha resolución,
Rearmando cuán importante es que el Conse-
jo de Seguridad desempeñe su responsabilidad
primordial de mantener la paz y la seguridad
internacionales, y el deber que tienen los miem-
bros permanentes del Consejo de procurar que
haya unanimidad entre ellos y de obrar con
moderación en cuanto al ejercicio del derecho
de veto,
Rearmando que en la negociación de los con-
venios referentes al suministro de fuerzas ar-
madas previstos en el Artículo 43 de la Carta,
la iniciativa corresponde al Consejo de Segu-
ridad, y deseando asegurar que, en espera de la
conclusión de dichos convenios, las Naciones
Unidas tengan a su disposición medios de
mantener la paz y la seguridad internacionales.
Consciente de que el hecho de que el Consejo
de Seguridad no cumpla con las responsabili-
dades que le incumben en nombre de todos los
B. Competencias de la Asamblea General y
del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
VI. Mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales
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