Compliance - Núm. 3, Abril 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 866296267

Compliance

AutorAlejandro Mejía
Páginas26-27
Industria Legal
amejia@cmmlegal.co
Alejandro Mejía
Carrera 17, Número 89-31, Oficina 403, Bogotá
www.cmmlegal.co
‘Whistleblower’ es un anglisismo que se
emplea para denominar a aquel que ha
denunciado un hecho de corrupción. El
término, surgido después del escándalo de
Watergate, es relativamente joven. Muchos se
lo acuñan a Ralph Nader, un abogado
activista en favor de la democracia y el control
a los poderes públicos que popularizó el
término en los 70’s para cambiar la imagen
negativa con que la opinión pública asoció a
aquellos que revelaban información para
fomentar juicios de responsabilidad contra un
gobierno determinado.
¿Las leyes de protección a whistleblowers
están funcionando? Esto se lo pregunta un
estudio en 38 países muy serio, realizado por
una organización que se denomina
Government Accountability Project junto con
la International Bar Association.
Lastimosamente en Colombia la pregunta es
otra y mucho más elemental: ¿Acaso hay
leyes que protejan los whistleblowers?
La Superintendencia de Industria y
Comercio, es tal vez la única autoridad que
ha promovido un programa de delación serio
para conceder beneficios por colaboración a
quienes informen la existencia de carteles
empresariales, pero no hay mucho más que
mostrar.
Tal vez por esa razón, en el Congreso
cursa el proyecto 120 de 2020 que busca
crear la “Ley de Protección y Compensación
al Denunciante de Actos de Corrupción
Administrativa” donde una vez más, se
encuentran las respuestas correctas a las
preguntas equivocadas, pues se ataca el
fenómeno de la corrupción como si sólo
sucediera en el entorno público.
El bienintencionado proyecto establece
herramientas para proteger a los delatores de
actos de corrupción en las entidades públicas
y ofrece beneficios de estabilidad laboral junto
con otros estímulos para fomentar la
denuncia seria, razonada y oportuna de
hechos de esta naturaleza.
El problema radica en que al no ser medidas
obligatorias para el sector privado, el régimen de
protección de los whistleblowers queda sujeto
solamente al compromiso ético de determinada
empresa. Lamentablemente, la gran mayoría no
asume ningún compromiso en combatir la
corrupción privada, por ignorancia, por
presupuesto o por indiferencia.
La corrupción privada afecta en su totalidad la
cadena de suministro, distorsiona los mercados,
mina la competencia e incrementa los costos.
También reduce la calidad de los bienes y
servicios conduciendo a la pérdida de la
competitividad, el empleo formal y las
oportunidades. No lo digo yo, lo dice la Oficina de
las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito,
de ahí que no sobra legislar también para el
sector privado.
COMPLIANCE
WHISTLEBLOWERS FOR ALL

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