Resolución número 5660 de 2008, por la cual se autoriza a la Empresa de Transporte del Tercer Milenio, Transmilenio S. A., para realizar una operación de titularización del flujo proveniente de las vigencias futuras no comprometidas del Convenio Nación Distrito hasta por la suma de nueve mil novecientas ochenta y siete millones seiscientas mil Unidades de Valor Real (9.987.600.000 UVR) - 17 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50253409

Resolución número 5660 de 2008, por la cual se autoriza a la Empresa de Transporte del Tercer Milenio, Transmilenio S. A., para realizar una operación de titularización del flujo proveniente de las vigencias futuras no comprometidas del Convenio Nación Distrito hasta por la suma de nueve mil novecientas ochenta y siete millones seiscientas mil Unidades de Valor Real (9.987.600.000 UVR)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47206

El Ministro de Hacienda y Credito Publico, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el articulo 12 de la Ley 533 de 1999, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 12 de la Ley 533 de 1999 establece que la celebracion de los contratos relacionados con credito publico y de las titularizaciones por parte de las entidades estatales, asi como por parte de aquellas entidades con participacion del Estado superior al cincuenta por ciento en su capital social, independientemente de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan que no tengan tramite previsto en las leyes vigentes y en el Decreto 2681 de 1993 y demas normas concordantes requerira la autorizacion del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la cual podra otorgarse en forma general o individual dependiendo de la cuantia, modalidad de la operacion y entidad que la celebre.

Que dando cumplimiento con lo establecido en el articulo 12 de la Ley 533 de 1999, la Empresa de Transporte del Tercer Milenio, Transmilenio S. A., mediante Oficios numeros 2008EE6614 del 20 de octubre de 2008 y 2008EE7483 del 2 de diciembre de 2008, solicito al Ministerio de Hacienda y Credito Publico autorizacion para la emision y colocacion del programa de titularizacion de los flujos o recursos dinerarios en los que se materializaran los derechos, privilegios y beneficios de orden economico que se derivan del derecho a recibir el pago de ciertas vigencias futuras no comprometidas a cargo de la Nacion y del Distrito Capital destinados a financiar las obras contratadas por el IDU y Transmilenio para la construccion de las troncales de la carrera 10 y de la calle 26.

Que el Ministerio de Hacienda y Credito Publico mediante Circular Externa numero 002 de 1997 adicionada mediante la Circular Externa 004 de 1997, informo las condiciones y parametros para la estructuracion de procesos de titularizacion de activos, rentas e inversiones de las entidades estatales.

Que la Nacion y el Distrito Capital suscribieron el 24 de junio de 1998 el "Convenio para la adquisicion de Predios requeridos para el desarrollo de la primera linea metro y la financiacion de algunos componentes flexibles del Sistema Integrado de Transporte Masivo para la ciudad de Santa Fe de Bogota D. C.", modificado por los otrosies numeros 1 del 30 de diciembre de 1999, 2 del 4 de diciembre de 2000, 3 del 19 de septiembre de 2001, 4 del 15 de noviembre de 2002, 5 del 10 de agosto de 2005, 6 del 10 de noviembre de 2005, 7 del 7 de diciembre de 2007 y 8 del 7 de octubre de 2008, con el fin de definir los montos, forma y oportunidad, en los cuales la Nacion y el Distrito entregarian los aportes para la adquisicion de predios requeridos para el desarrollo de la primera linea del metro y la financiacion de algunos componentes flexibles del Sistema Integrado de Transporte Masivo.

Que segun consta en oficio 2-2008-39211 del 28 de noviembre de 2008, la Secretaria Distrital de Planeacion emitio concepto favorable a la realizacion de una operacion de titularizacion hasta por un monto de 9.987,6 millones de Unidades de Valor Real, UVR, o su equivalente en pesos u otras monedas, considerando que la operacion de titularizacion no afecta el cupo de endeudamiento aprobado por el Concejo de Bogota y que los recursos de esta operacion seran destinados a la Fase III del Sistema Transmilenio, en los componentes relacionados con la financiacion de las inversiones ya contratadas para la Avenida Calle 26 y Carrera 10, contratos de interventoria y compra de predios.

Que segun consta...

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