Concepto 0006 del Consejo Técnico de la Contaduría, 28/02/2024 - Normativa - VLEX 1024533120

Concepto 0006 del Consejo Técnico de la Contaduría, 28/02/2024

Fecha de publicación28 Febrero 2024
Número de recomendación0006
CONSEJO TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA PÚBLICA
Calle 28 Nº 13A -15 / Bogotá, Colombia
Código Postal 110311 - Nit. 830115297-6
Conmutador (571) 6067676 Línea Gratuita 01 8000 958283
Email: info@mincit.gov.co
www.mincit.gov.co
GD-FM-009.v20
Página 1 de 2
Bogotá, D.C.,
Señor (a)
ELIZABETH TASCON
E-mail: elizabethclavijo970@gmail.com
No. del Radicado 1-2024-000071
Fecha de Radicado 3 de enero de 2024
Nº de Radicación CTCP 2024-0006
Tema Obtención tarjeta profesional
CONSULTA (TEXTUAL)
Comedidamente acudo a ustedes para obtener orientación en mi situación, me permito informar que me encuentro reali zando el
proceso para obtener la tarjeta profesional de Contaduría Pública, pero no cuento con el requisito de año de experiencia laboral en
esta área, presentó el siguiente inconveniente: Soy servidora pública en carrera administrativa en una entidad gubernamental en la
cual ejerzo actividades que no tienen relación con la contabilidad por lo cual debo buscar de otra manera obtener esta experiencia,
pero por el motivo de ser servidora pública no puedo tener ninguna vinculación laboral por fuera de la que ya tengo actualmente.
También informó que en la universidad donde realice la carrera no tuvo como requisito para el grado las prácticas profesionales por
lo cual no cuento con esta experiencia, mi pregunta es la siguiente ¿si siendo servidora pública y qu e la universidad no pide este
requisito de práctica profesional, podría realizar prácticas laborales en una entidad que el certificado que se emita de esta especifique
las labores realizadas pero sin tener relación con la universidad? (…)”
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico d e la
profesión y Normalizador de las Normas d e Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la
Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990 , la Ley 1314
de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se
pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:
Respecto de su petición, el CTCP no es competente para pronunciarse ac erca de la validez o no de la s prácticas
empresariales que pueden ser aceptadas para la obtención de la tarjeta profesional como contador público , dado que la
función de registro profesional de los contadores públicos, corresponde a la UAE J unta Central de Contadores JCC.

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