Concepto 00208192-622 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de mayo de 2023 - Normativa - VLEX 932883290

Concepto 00208192-622 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de mayo de 2023

Fecha30 Mayo 2023
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
Cra 8 N°6C-38 Piso 4 Edificio San Agustín | (601) 7428973 - 3103158107
Código postal 111711
www.dian.gov.co
100208192-622
Bogotá, D.C., 30 de mayo de 2023.
Señores
CONTRIBUYENTES
juridicanormativa@dian.gov.co
Ref.: Adición al Concepto General sobre el impuesto de timbre nacional con motivo de la Ley 2277
de 2022
Tema:
Impuesto de timbre nacional
Descriptores:
Causación
Base gravable
Sujetos pasivos
Fuentes Formales:
Artículos 515, 518 y 519 del Estatuto Tributario.
Artículos 28 y 673 del Código Civil
Artículo 1.4.1.2.4. del Decreto 1625 de 2016
Artículo 3 del Decreto 902 de 1988
Sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo,
Sección Cuarta, C.P. JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ, del 25 de
mayo de 2017, Radicación No. 11001-03-27-000-2013-00025-00(20436).
Cordial saludo.
De conformidad con los artículos 56 del Decreto 1742 de 2020 y 7-1 de la Resolución DIAN No. 91
de 2021, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas generales que se
formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización
cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
DIAN. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas
anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las
decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el presente pronunciamiento, se absolverán diferentes interrogantes que se han formulado
en torno a la interpretación y aplicación del impuesto de timbre nacional (el «Impuesto» en adelante)
con motivo del artículo 77 de la Ley 2277 de 2022, con la adición al Concepto General de la referencia
(Concepto 002211 - interno 224 del 24 de febrero de 2023).
I. CAUSACIÓN Y BASE GRAVABLE
1.1. ¿Se causa el Impuesto al momento de la firma de la escritura pública o de su
registro en la oficina de registro de instrumentos públicos?
Radicado Virtual No.
000I2023006453

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