Concepto 0029 del Consejo Técnico de la Contaduría, 23/02/2023
Fecha de publicación | 23 Febrero 2023 |
Número de recomendación | 0029 |
Número de radicado | 1-2023-002608 |
Fecha | 24 Enero 2023 |
GD-FM-009.v20
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Bogotá, D.C.,
Señor(a)
CONSUELO RINCON
E-mail: Consuelo.Rincon@lavital.co
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2023-002608
Fecha de Radicado 24 de enero de 2023
Nº de Radicación CTCP 2023-0029
Tema Soportes contables
CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Agradezco nos compartan los conceptos referente a las siguiente inquietud que tenemos frente al manejo
adecuado desde la parte contable
1. Cuentas de Cobro como soporte contable de las operaciones que se efectúan con personas No Obligadas a
expedir Factura de venta y/o documento equivalente, con la expedición de la norma ( resolución 167 del 30 de
diciembre de 2021 y resolución 000488 del 29 de Abril 2022) que obliga a las personas jurídicas a emitir y transmitir
a la DIAN el documento soporte, se podría establecer que para efectos contables el PDF generado en el envío a la
DIAN de la transmisión del documento es el soporte contable y que ya no es necesario exigir al tercero él envió de
la cuenta de cobro para hacerle el pago de su prestación de servicios y/o compra, desde la parte tributaria la cuenta
de cobro ya no es válida si no es el documento soporte Revisando los conceptos referente al manejo de la cuenta
de cobro, identificamos el concepto 10‐00860‐2019 ( anexo ) y este nos da el alcance antes de las normatividades
que hoy están vigentes frente a la transmisión electrónica de los diferentes documentos ( factura – nomina‐
documento soporte) (…)”
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-
científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo
dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar
respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en
los siguientes términos:
Con respecto a la pregunta del peticionario, el CTCP se pronunció sobre un tema similar en la consulta
2022-0616, que podrá acceder en el link:
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