Concepto 0286 del Consejo Técnico de la Contaduría, 21/07/2022 - Normativa - VLEX 908548926

Concepto 0286 del Consejo Técnico de la Contaduría, 21/07/2022

Fecha de publicación21 Julio 2022
Número de recomendación0286
Número de radicado1-2022-013536
Fecha19 Mayo 2022
GD-FM-009.v20
Página 1 de 5
Bogotá, D.C.,
Señor(a)
LUIS GABRIEL CAITA HERNANDEZ
E-mail: lgabrielcaita@gmail.com
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2022-013536
Fecha de Radicado 19 de mayo de 2022
Nº de Radicación CTCP 2022-0286
Tema Revisoría Fiscal renuncia y otros temas
CONSULTA (TEXTUAL)
“(…)
Agradezco aclaración e indicaciones sobre el paso a seguir, consecuencias, y demás con relación a los
siguientes casos que se presentan en la realidad de las empresas.
Un contador fue debidamente nombrado Revisor Fiscal principal para determinado periodo gravable, el
contador acepta el nombramiento y en consecuencia es registrado e inscrito tanto en la Cámara de
Comercio y RUT de la sociedad, una vez ha culminado el periodo gravable para el cual fue nombrado,
el contador presenta renuncia al cargo o hay otro nombramiento de nuevo revisor fiscal. La empresa
que es la obligada de actualizar la información y registrar el nuevo nombramiento en la Cámara de
Comercio de Bogotá, NO LO HACE. En consecuencia, sin ejercer el cargo por no estar obligado a hacerlo,
sigue figurando en los documentos de matrícula mercantil y RUT.
En el caso anterior,
1. ¿Qué acciones, que recomendaciones se hacen desde la Junta Central de Contadores para efectos
de no estar inmiscuido en alguna sanción y que la empresa cumpla con el deber de informar y así se
elimine el registro del contador que desde hace determinado tiempo no es Revisor Fiscal de esa
sociedad?
2. ¿Qué soporte es necesario para demostrar que no se está en ejercicio en dicho nombramiento?
Una empresa por mandato legal está obligada a tener revisor fiscal y efectivamente hace el respectivo
nombramiento del contador, tiempo después cuando no cumple con los requisitos para tener Revisor
Fiscal, decide no continuar con este cargo e informa al contador que ya no requiere de sus servicios
profesionales como Revisor Fiscal Principal, sin embargo, NO HACE la actu alización y registro de retiro
del contador que había sido nombrado como Revisor Fiscal y tiempo después sigue figurando este
contador en la DIAN y en Cámara de Comercio como revisor fiscal de dicha sociedad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR