Concepto 0348 del Consejo Técnico de la Contaduría, 10/08/2023 - Normativa - VLEX 945993774

Concepto 0348 del Consejo Técnico de la Contaduría, 10/08/2023

Fecha de publicación10 Agosto 2023
Número de recomendación0348
Número de radicado1-2023-022822
Fecha29 Junio 2023
CONSEJO TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA BLICA
Calle 28 Nº 13A -15 / Bogotá, Colombia
Código Postal 110311 - Nit. 830115297-6
Conmutador (571) 6067676 Línea Gratuita 01 8000 958283
Email: info@mincit.gov.co
www.mincit.gov.co
GD-FM-009.v20
Página 1 de 2
Bogotá, D.C.,
Señor(a)
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2023-022822
Fecha de Radicado 29 de junio del 2023
Nº de Radicación CTCP 2023-0348
Tema Familiaridad del contador de una sociedad y la administración
CONSULTA (TEXTUAL)
(…) Un contador público ¿puede prestar sus servicios como contador a un familiar o a la empresa de un familiar sean estos: (Padres,
tíos, hermanos, sobrinos primos) sin incurrir en alguna falta disciplinaria en el desarrollo de su profesión?
Por otro lado la empresa ¿puede tener inconvenientes, en el sentido que no sean válidos ante las diferentes entidades de control o
entidades financieras los informes (Estados financieros, impuestos, certificaciones etc.) que firme dicho contador que es familiar?
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico d e la
profesión y Normalizador de las Normas d e Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la
Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990 , la Ley 1314
de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se
pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:
En orden a los planteamientos e inquietudes del consultante, nos permitimos señalar:
Un contador público ¿puede p restar sus servicios como contador a un familiar o a la empresa de un familiar sean estos: (Padres,
tíos, hermanos, sobrinos primos) sin incurrir en alguna falta disciplinaria en el desarrollo de su profesión?
Mediante el concepto 2023-0216
1
emitido por el CTCP, en respuesta a pregunta similar con relación a la familiaridad en
la administración y los servicios prestados por contador público, se manifestó:
“(…) Sobre su pregunta, aun cuando en las disposiciones de la Ley 43 de 1990 y en el Código de Ética incluido en el anexo 4 del DUR
2420 de 2015 no existe de manera expresa prohibición o incompatibilidad alguna para que un Contador Público preste sus servic ios
en una entidad donde se mantienen nexos de vinculación o parentesco como los expuestos, este Consejo considera que si dicha situación
podría originar alguna duda que afecte el cumplimiento de los principios fundamentales de la ética en el ejercicio d el profesional, el
profesional de la contabilidad deberá analizar y evaluar si tal situación puede afectar su credibilidad su actuar, con el fin de aplicar
las salvaguardas a las amenazas que le resulten pertinentes.
1
https://www.ctcp.gov.co/CMSPages/GetFile.aspx?guid=a1c7e118-55ed-43b8-bc81-9b8db495deeb

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR