Concepto 0406 del Consejo Técnico de la Contaduría, 11/08/2022 - Normativa - VLEX 912630296

Concepto 0406 del Consejo Técnico de la Contaduría, 11/08/2022

Fecha de publicación11 Agosto 2022
Número de recomendación0406
Número de radicado1-2022-022514
Fecha04 Agosto 2022
GD-FM-009.v20
Página 1 de 2
Bogotá, D.C.,
Señor(a)
JOSE RAFAEL VILLARRAGA
E-mail: jrvillarragad@gmail.com
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2022-022514
Fecha de Radicado 4 de agosto de 2022
Nº de Radicación CTCP 2022-0406
Tema Período de inicio para el pago de honorarios al revisor fiscal
CONSULTA (TEXTUAL)
(…) En abril del año 2022 elegimos revisor fiscal en una copropiedad, a partir de qué fecha debo empezar a pagar
honorarios al revisor fiscal. Si este revisor fiscal ha hecho auditoria de los meses de enero-febrero y marzo del año
del 2022 debo pagarle honorarios por estos meses sin haber estado nombrado, ya que se le pagaron al anterior
revisor fiscal. (…)”
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-
científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo
dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar
respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en
los siguientes términos:
Con respecto a la pregunta del peticionario, el CTCP se ha pronunciado sobre el período de inicio del
pago al revisor fiscal, entre otros, en el concepto 2020-0006, que podrá consultar en el sitio
www.ctcp.gov.co, enlace conceptos.
En el concepto 2020-0006 el CTCP manifestó lo siguiente:
(…) Otro asunto distinto es la forma en que el profesional de la contabilidad cobra por sus servicios, y para ello se
deberá revisar la propuesta económica que fue considerada por la Asamblea, al efectuar su nombramiento. Existen
funciones que se cumplen de forma mensual, y otras, como el del dictamen de los estados financieros que podría
cubrir períodos anteriores a su vinculación. Por ello, la única forma de dirimir el conflicto es que en las propuestas
económicas y en la aprobación de la asamblea se separe el costo de los diferentes servicios prestados por el
profesional de la contabilidad, más aun teniendo en cuenta que el período del revisor fiscal puede extenderse más
allá del período para el cual se presentan los estados financieros.

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