Concepto 0499 del Consejo Técnico de la Contaduría, 20/11/2023 - Normativa - VLEX 974113362

Concepto 0499 del Consejo Técnico de la Contaduría, 20/11/2023

Fecha de publicación20 Noviembre 2023
Número de recomendación0499
Número de radicado1-2023-035535
Fecha05 Octubre 2023
CONSEJO TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA BLICA
Calle 28 Nº 13A -15 / Bogotá, Colombia
Código Postal 110311 - Nit. 830115297-6
Conmutador (571) 6067676 Línea Gratuita 01 8000 958283
Email: info@mincit.gov.co
www.mincit.gov.co
GD-FM-009.v20
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Bogotá, D.C.,
Señor (a)
JUAN CARLOS BERNAL
E-mail: juancarlosbernal01@gmail.com
REFERENCIA
No. del Radicado 1-2023-035535
Fecha de Radicado 5 de octubre de 2023
Nº de Radicación CTCP 2023-0499
Tema Inhabilidades del revisor fiscal
CONSULTA (TEXTUAL)
(…) 1. Un contador público, actuando como persona natural, que ejerza como revisor fiscal (RF) en una organización, puede su cónyuge
ser elegido como nuevo revisor fiscal, en el momento en que la asamblea decida cambiar el revisor fiscal actual, sea por renuncia o
por cumplimiento de periodo del actual RF?
Es decir, ¿puede el cónyuge de un revisor fiscal, suceder en el cargo, también como revisor fiscal de la misma organización?
2. Hipotético -( para comprender mejor la pregunta) - una persona A, contador público que ejerce como revisor fiscal en una
organización, y termina su periodo el 31 de diciembre de xxx0; y su cónyuge persona B, contador público, desea postularse como
contador de dicha organización a partir del 1 de enero del periodo xxx1
¿Puede el cónyuge de un revisor fiscal, aceptar el cargo de contador público en una organización donde ejerció como revisor fiscal?
¿Existe impedimento, debe cumplir un periodo de tiempo?(…)
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Púb lica (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la
profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la
Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314
de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no
se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

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