Concepto 0520 del Consejo Técnico de la Contaduría, 02/11/2022 - Normativa - VLEX 914166755

Concepto 0520 del Consejo Técnico de la Contaduría, 02/11/2022

Fecha de publicación02 Noviembre 2022
Número de recomendación0520
Número de radicado1-2022-031291
Fecha18 Octubre 2022
GD-FM-009.v20
Página 1 de 3
Bogotá, D.C.,
Señor(a)
NARCISO RIOBO GUERRERO
E-mail: cizo462@gmail.com
REFERENCIA:
No. del Radicado 1-2022-031291
Fecha de Radicado 18 de octubre de 2022
Nº de Radicación CTCP 2022-0520
Tema registro contable costos y gastos
CONSULTA (TEXTUAL)
(…)
Nuestra entidad es una IPS dedicada a la prestación de servicios de odontología. En el desarrollo de
nuestra actividad, en algunos pacientes que requieren de prótesis dental y siguiendo el proceso para su
elaboración, se deben tomar impresiones primarias que son enviadas a nuestro (u otros laboratorios)
ubicados en ciudad distinta a la sede donde se lleva el proceso. Teniendo en cuenta el cuidadoso manejo
que se le debe dar a estas, se requiere el pago de transporte especial para envío de las mismas y
recepción posterior. Incluso al finalizar el proceso, la prótesis definitiva se elabora en el mismo
laboratorio (ubicado en otra ciudad) y las erogaciones por transporte son asumidas por nuestra entidad.
En resumen, nuestra IPS en el proceso de elaboración de una prótesis, requiere cancelar transporte de
impresiones preliminares desde la IPS hasta el laboratorio y al finalizar el proceso, la prótesis definitiva,
desde el laboratorio hasta nuestra sed.
Se requiere de su orientación para establecer la contabilización correcta de dichos pagos por transporte.
¿Son estos transportes un costo o un gasto?.¿ Se debe dar el mismo tratamiento tanto al transporte
de las impresiones primarias como al transporte de la prótesis definitiva?. "
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-
científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de
Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo
dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar
respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en
los siguientes términos:

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