Concepto 100202208-0581 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 22 de marzo de 2024 - Normativa - VLEX 1028690537

Concepto 100202208-0581 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 22 de marzo de 2024

Fecha22 Marzo 2024
Dirección de Gesón Jurídica
Carrera 8 # 6C-54. Piso 4. Edicio San Agusn | (601) 7428973 - 3103158107
Código postal 111711
www.dian.gov.co
Formule su peción, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
100202208-0581
Bogotá, D.C., 22 de marzo de 2024
Cordial saludo,
Este Despacho es competente para absolver las peticiones de reconsideración de
conceptos expedidos por la Subdirección de Normativa y Doctrina1.
Mediante el radicado de la referencia el peticionario solicita la reconsideración del Oficio
907554- int 1267 del 6 de octubre de 2022, en el que se concluyó:
1. Los puertos podrán tener las dos condiciones, como lugar habilitado por la DIAN
para el ingreso o salida de mercancías bajo control aduanero y como zona franca
para realizar actividades de servicios portuarios. Cada uno de los roles, debe cumplir
con las actividades, obligaciones y trámites que la norma aduanera le ha
establecido.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Decreto 2147 de 2016, los
beneficios como ZFPES se centran en la actividad de servicios portuarios que se
realizan dentro del lugar de arribo habilitado y declarado como zona franca y no para
la mercancía de terceros que ingresa al lugar de arribo en su condición de zona
primaria y que debe surtir todo el proceso normal de cualquier mercancía de
conformidad con los artículos 140 y siguientes del Decreto 1165 de 2019.
3. En las instalaciones de las zonas francas portuarias, los beneficios que recibe la
ZFPES se centran únicamente en la actividad de servicios portuarios dentro del
lugar de arribo habilitado y declarado como zona franca. En consecuencia, las
mercancías que ingresan directamente para el puerto en su condición de ZFPES
están sujetas a los beneficios y a la normatividad vigente del régimen franco, por
1 Cfr. numeral 20 del artículo 55 del Decreto 1742 de 2020.
Radicado Virtual No.
000S2024002106

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR