Concepto 100208192-1034 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 2 de octubre de 2023
Fecha | 02 Octubre 2023 |
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Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
100208192-1034
Bogotá, D.C., octubre 2 de 2023.
Tema:
Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores:
Entidades no contribuyentes declarantes
Entidades sin ánimo de lucro
Régimen Tributario Especial
Fuentes formales:
Artículos 19 y 23 del Estatuto Tributario
Artículo 10 de la Ley 44 de 1993
Sentencia C-265/94 de la Corte Constitucional
Cordial saludo
De conformidad con los artículos 56 del Decreto 1742 de 2020 y 7-1 de la Resolución
DIAN No. 91 de 2021, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas
generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias,
aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría
específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por
otras dependencias o entidades.
PROBLEMA JURÍDICO
¿Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios las sociedades de
gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos?
TESIS JURÍDICA
En cada caso particular se deberá analizar y determinar si la respectiva sociedad de
gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos puede solicitar su calificación
como contribuyente del Régimen Tributario Especial, según el artículo 19 del Estatuto
Tributario. De lo contrario, será contribuyente del impuesto sobre la renta y
complementarios bajo el régimen ordinario.
Adicionalmente, habrá de evaluarse si dicha sociedad corresponde a una asociación
gremial, en cuyo caso será un no contribuyente declarante, en los términos del artículo 23
ibidem.
Radicado Virtual No.
000S2023005640
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