Concepto 100208192-128 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 29 de febrero de 2024
Fecha | 29 Febrero 2024 |
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Subdirección de Normativa y Doctrina
100208192-128
Bogotá, D.C., 29 de febrero de 2024
Tema:
Procedimiento aduanero
Descriptores:
Principio de favorabilidad
Fuentes formales:
Artículo 175 y numeral 2º del artículo 189 en concordancia con
Numeral 1º del artículo 2º y 154 del Decreto Ley 920 de 2023
Cordial saludo,
Esta Subdirección está facultada para absolver las consultas escritas, presentadas de manera
general, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y de
fiscalización cambiaria, en lo de competencia de la DIAN1. En este sentido, la doctrina emitida
será de carácter general, no se referirá a asuntos particulares y se someterá a lo consagrado
PROBLEMA JURÍDICO:
¿Se debe aplicar el principio de favorabilidad definido en el numeral 2º del artículo 2º del
de 2023, en concordancia con lo normado en el artículo 154 ibidem, respecto del término
establecido en el inciso 1º del artículo 175 del Decreto 1165 de 2019, que ha sido objeto de
modificación para la presentación oportuna de la declaración de importación anticipada
obligatoria?
1 De conformidad c on el numeral 4 d el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7 de la Resolución
DIAN 91 de 2021.
2 De conformidad con el numeral 1 del artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 7-1 de la Resolución
DIAN 91 de 2021.
Radicado Virtual No.
000I2024004206
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