Concepto 100208192-129 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de enero de 2023 - Normativa - VLEX 921856066

Concepto 100208192-129 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 30 de enero de 2023

Fecha31 Enero 2023
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
Cra 8 N°6C-38 Piso 4 Edificio San Agustín | (601) 7428973 - 3103158107
Código postal 111711
www.dian.gov.co
100208192-129
Bogotá, D.C., 30 de enero de 2023.
Cordial saludo, señora García.
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de
las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para
atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o
entidades.
Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria plantea:
() se generaron dos declaraciones de exportación ()
()
Posterior a la emisión de los DEX, a causa de un mayor valor facturado, se anularon las
siguientes facturas:
()
() procedimos a solicitar la corrección de los DEX por reemplazo de facturas ante el GIT
de Exportaciones / División de Gestión de la operación Aduanera / Dirección Seccional de
Aduanas de Bogotá.
En respuesta a la solicitud de corrección de los DEX, () el jefe del GIT de Exportaciones
emite un oficio () donde formalmente indica que no es procedente generar la corrección
de los DEX por reemplazo de factura, debido a que aduaneramente, la norma no
contempla este tipo de actuación.
Con base en lo anterior, consulta: () cómo se debe proceder () para el trámite de devolución
de IVA, teniendo en cuenta que los DEX con los que se cuenta, relacionan facturas electrónicas
que ya están anuladas ante la DIAN.
Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:
Radicado Virtual No.
000S2023000437

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