Concepto 100208192-339 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 17 de Marzo de 2022 - Normativa - VLEX 904567278

Concepto 100208192-339 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 17 de Marzo de 2022

MateriaDerecho Fiscal
Subdirección de Normativa y Doctrina
Formule su petición, queja, sugerencia o reclamo en el Sistema PQSR de la DIAN
Subdirección de Normativa y Doctrina
Dirección de Gestión Jurídica
Cra. 8 Nº 6C-38 piso 4º PBX 607 9999 ext. 904001
Código postal 111711
100208192-339
Bogotá, D.C.
Tema:
Sistema de facturación electrónica
Descriptores:
Documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no
obligados a expedir factura de venta o documento equivalente
Fuentes formales:
Artículos 616-1 y 771-2 del Estatuto Tributario
Resolución DIAN No. 000167 de 2021
Cordial saludo,
De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020, este Despacho está facultado para
absolver las consultas escritas generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las
normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho,
en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos
particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita interpretación acerca del alcance de la
expresión “operaciones acumuladas” establecida el numeral 2.2. del artículo 2º de la Resolución
DIAN No. 000167 de 2021. De igual manera, consulta por la posibilidad que este Despacho disponga
mediante doctrina que el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a
expedir factura o documento equivalente se pueda generar y transmitir semanalmente para incluir a
todos los proveedores del sujeto obligado a facturar.
Sobre el particular, las consideraciones generales de este Despacho son las siguientes:
La Resolución DIAN No. 000167 de 2021, respecto a la periodicidad en la generación y transmisión
electrónica del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir
factura de venta o documento equivalente, en su artículo 2º dispone:
ARTÍCULO 2o. GENERACIÓN ELECTRÓNICA DEL DOCUMENTO SOPORTE EN
ADQUISICIONES EFECTUADAS A SUJETOS NO OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE
VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE Y LAS NOTAS DE AJUSTE. De conformidad con
lo establecido en el inciso 3 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario, el artículo 1.6.1.4.12. del
Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, el documento soporte en
adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento
RADICACIÓN VIRTUAL No.
000S2022902156

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